CIUDAD VICTORIA, Tamaulipas.- La mala noticia para los funcionarios públicos de Tamaulipas que dejan el cargo el 30 de septiembre es que ahora deberán detallar todos los bienes inmuebles que posean y cuándo los adquirieron; la buena, es que sus declaraciones seguirán en lo oscurito de un archivo.
La Ley General de Responsabilidades Administrativas, conocida como “Ley 3de3” será obligatoria hasta el 17 de julio de 2017, y por lo tanto a los funcionarios salientes ya no les toca cumplir con ella y tampoco sus declaraciones tendrán que ingresar a la Plataforma Digital Nacional.
Los funcionarios salientes rendirán declaraciones cuya información no puede ser solicitada y utilizada por el Ministerio Público, excepto si la Contraloría Gubernamental o el Congreso del Estado, en el caso de diputados o servidores del Poder Legislativo, no inicia una querella ante los tribunales o las autoridades judiciales.
El actual formato que deberán rendir los funcionarios públicos saliente po su “decaración final”, solamente les exige, “bajo protesta de decir verdad” declarar sus bienes muebles e inmuebles, cuentas bancarias e inversiones, del declarante, su cónyuge y sus dependientes económicos, lo cual no incluye a hermanos,
suegros, tíos, cuñados, socios.
El Artículo 84 de la actual ley de Responsabilidades Administrativas de Tamaulipas, señala que aunque la Contraloría y la Junta de Coordinación deberían investigar a los funcionarios cuyo enriquecimiento sea notorio y tienen facultades para inspeccionar los bienes e iniciar un procedimiento penal.
“En el ámbito de su competencia y cuando los signos exteriores de riqueza sean ostensibles y notoriamente superiores a los ingresos lícitos que pudiera tener un servidor público, previo acuerdo del Ejecutivo debidamente refrendado, la Contraloría Gubernamental podrá disponer mediante acuerdo fundado y motivado la práctica de visita de inspección y auditoría”, dice el 84 de la Ley de Responsabilidades vigente en la entidad.
Desde noviembre de 2000, cuando la Contraloría Gubernamental de Tamaulipas se querelló contra el ex secretario de Desarrollo Urbano a Pedro Hernández Carrizales y sus subalternos Manuel Durán Córdova, Salvador Padilla Landeros y Juan Flores Adame, no se sabe de ninguna otra acusación por enriquecimiento ilícito, excepto algunas por peculado que finalmente no procedieron.
El Artículo 29 de la citada Ley 3de3 señala que las declaraciones patrimoniales y de intereses serán públicas salvo los rubros cuya publicidad pueda afectar la vida privada o los datos personales protegidos por la Constitución.
En la Ley estatal solamente infiere que será la Contraloría Gubernamental en el ámbito ejecutivo, y la Junta de Coordinación Política del Congreso, en el Legislativo, quienes tengan el deber de revisar, archivar y custodiar las declaraciones y en ninguna parte de la ley dice que podrán ser públicas.
La legislación votada hace dos meses y publicada en el Diario Oficial de la Federación el 17 de julio pasado, obliga a la legislatura estatal a que antes de la entrada en vigor de la nueva norma, deban expedir las leyes y realizar las adecuaciones normativas correspondientes para adecuarse al Sistema nacional
Anticorrupción.
Pese a la posibilidad de rendir declaraciones opacas, en los últimos meses han aumentado las donaciones y cesiones registradas ante el Instituto Catastral y Registral de Tamaulipas, para evitar tener que señalar de dónde salió el dinero para adquirir nuevos bienes.
Las declaraciones patrimoniales deben detallar que tiene el funcionario, su cónyuge y sus dependientes económicos directos, cómo lo adquirieron y cuándo, sin embargo ni la prensa ni los gobernados pueden comparar si los bienes van o no de acuerdo a los ingresos lícitos, pues en Tamaulipas las declaraciones patrimoniales nunca han sido públicas.
el dato
Desde noviembre de 2000, cuando la Contraloría Gubernamental de Tamaulipas se querelló contra el ex secretario de Desarrollo Urbano, Pedro Hernández Carrizales y sus subalternos Manuel Durán Córdova, Salvador Padilla Landeros y Juan Flores Adame, no se sabe de ninguna otra acusación por enriquecimiento ilícito, excepto algunas por peculado que finalmente no procedieron.
Una declaración “a modo”
El punto 15 del instructivo advierte al funcionario de la posibilidad de prohibir que los bienes de su propiedad sean públicos con solo especificarlo en un recuadro. Dicha opción aparece en la penúltima hoja del formato de declaración patrimonial.
“¿Está de acuerdo en hacer públicos sus datos patrimoniales? En caso de que su respuesta sea afirmativa, pero usted desee que sea parcialmente pública, deberá seleccionar la información que se excepcione marcándola con X”, indica el documento.
El acuerdo muestra las posibilidades de ocultar los bienes inmuebles, vehículos, cuentas bancarias, inversiones, recibos por prestaciones del cargo público o resultado de otra actividad profesional y hasta la cantidad de ganado que poseen. Las opciones se ofrecen para el declarante, el cónyuge y las personas que dependen de éstos.
Con esta medida, los funcionarios salientes, así como los que ocuparán los nuevos cargos a partir del 1 de octubre, podrán abandonar o ingresar a la función pública sin rendir cuentas a los ciudadanos. En Tamaulipas, la Contraloría recibe declaraciones al iniciar el mandato, anuales y al dejar el cargo o finalizar el periodo en el gobierno.
El 1 de octubre de 2002, la entonces contralora del gobierno de Tomás Yarrington Ruvalcaba, Aída Araceli Acuña Cruz, autorizó los formatos para que los funcionarios declararan sus propiedades. El acuerdo no daba la opción de publicar los bienes y recursos económicos de los trabajadores estatales y municipales.
El pasado 30 de agosto, el presidente de la Junta de Coordinación Política del Congreso del Estado, Ramiro Ramos Salinas, impulsó la aprobación de la nueva medida. La modificación fue sustentada en el artículo 82 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Tamaulipas, que impide a los
ciudadanos obtener las declaraciones de patrimonios íntegras.
La opacidad de los bienes se afianzó con adhesiones al capítulo I de la Ley de Responsabilidad estatal, que no obliga al funcionario a publicar las declaraciones. Inclusive, en el inciso F del apartado legal de los formatos, la Contraloría informa al funcionario: “el manejo de la información proporcionada por usted, es estrictamente confidencial y para uso exclusivo de la Contraloría Gubernamental del Estado de Tamaulipas”.
Al respecto, el investigador del Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO), Pablo Montes, señaló que Tamaulipas se adelantó a la definición del artículo 29 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas (LGRA), pero sin reformar la norma para incluir las declaraciones fiscales y de intereses.
El artículo 29 establece: “las declaraciones patrimoniales y de intereses serán públicas salvo los rubros cuya publicidad pueda afectar la vida privada o los datos personales protegidos por la Constitución. Para tal efecto, el Comité Coordinador, a propuesta del Comité de Participación Ciudadana, emitirá los formatos respectivos, garantizando que los rubros que pudieran afectar los derechos aludidos queden en resguardo de las autoridades competentes”.
El analista destacó que dejar que el funcionario decida la versión pública de su declaración va contra el espíritu de la nueva ley. “Justo esta pregunta es la que nosotros buscamos cambiar en las leyes generales, que no fuera voluntario sino que fuera obligatorio. Tamaulipas está en desacuerdo legalmente con lo que tendría que ser en los próximos años”.