MÉXICO.- Como parte de la puesta en marcha del Sistema Nacional Anticorrupción (SNA) y con el inicio de la observancia de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, los funcionarios públicos no podrán recibir ningún tipo de regalo o dádiva indebido con motivo de sus funciones.
Con la ley anterior, se permitía que un servidor público recibiera obsequios, siempre y cuando, éstos no excedieran el valor de diez veces el salario mínimo vigente en la Ciudad de México. Sin embargo, a partir de este miércoles, la prohibición se vuelve absoluta por lo que ningún funcionario podrá recibir obsequios de ningún tipo o monto con motivo de su cargo.
La misma prohibición aplica para el cónyuge, parientes consanguíneos o terceros con los que la persona servidora pública tenga relaciones profesionales, laborales o de negocios, o para socios o sociedades de las que la o el servidor público o las personas mencionadas formen parte.
En caso de incumplir con esta obligación, los funcionarios incurrirían en una falta administrativa grave, que podría ser castigada con suspensión o destitución del empleo, sanción económica o inhabilitación temporal para ejercer un cargo público, a juicio del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
En caso de que los servidores públicos, sin solicitarlo, reciban de un particular un regalo, obsequio o beneficio, con motivo del ejercicio de sus funciones, deberán informarlo inmediatamente a las Secretaría de la Función Pública (SFP). Si se trata de un bien, se deberá entregar al Servicio de Administración y Enajenación de Bienes.
Si el regalo, obsequio o dádiva para la persona servidora pública o las personas mencionadas anteriormente, es prometido, ofrecido, o entregado por un particular, éste puede incurrir, incluso, en cohecho, mismo que será sancionado en los términos de la misma ley.
De igual manera el servidor público incurrirá en cohecho en caso que acepte o pretenda aceptar cualquier tipo de obsequio.