CIUDAD VICTORIA, Tamaulipas.- En el mes de diciembre se debe realizar el pago del aguinaldo, el cual es un derecho que contempla la Ley Federal del Trabajo (LFT) pago que debe ser equiparable a 15 días de sueldo base, que debe entregarse antes del 20 de diciembre.
El artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo establece que se debe pagar el aguinaldo con el salario fijo que perciben los trabajadores por día laborado; para quienes no hayan cumplido el año de servicios completo tendrán derecho a que se pague la parte proporcional .
Están prohibidos los descuentos en el pago del aguinaldo salvo que se trate de anticipos a cuenta del mismo, o por razones de pensiones alimenticias.
En caso de no recibir el aguinaldo el 20 de diciembre, el trabajador tiene derecho a demandar a su patrón a través de la Procuraduría Federal del Trabajo (Profedet),lo cual debe hacer hasta un año después del día limite es decir 21de diciembre.
Una vez interpuesta la demanda, la Profedet se citará al patrón para conocer los motivos por los cuales no pagó el aguinaldo y se pedirá que cumpla con la obligación laboral, en caso de no haber motivos este podría ser acreedor a una multa que va desde los 3 mil 505 hasta los 350 mil 500 pesos.
La medida más sencilla para calcular cuánto es lo que deben recibir de aguinaldo es multiplicar el sueldo diario por 15 días.
La parte proporcional del aguinaldo se calcula, dividiendo el número de días laborados por el trabajador en el año, entre 365 días del año calendario, el resultado por el número de días aguinaldo por ley (15 días).
Ello dará como resultando la parte proporcional de días a pagar, por el salario ordinario diario del trabajador, resulta la parte proporcional a pagar al trabajador.
Los trabajadores eventuales tienen derecho al pago del aguinaldo, en virtud que la Ley Laboral no hace distinción, salvo por trabajadores eventuales del campo.
Si se trata de trabajadores al servicio del Estado, recibirán un aguinaldo de conformidad con la Legislación Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, reglamentado en el apartado B del artículo 123 Constitucional.
En él se indica que el aguinaldo anual debe estar contemplado en el presupuesto de egresos, y será igual a 40 días del salario, el cual puede ser pagadero el 50% antes del 15 de diciembre y el otro 50% a más tardar el 15 de enero.
La Secretaría de Hacienda anunció que el pago del aguinaldo 2017 se debió efectuar el pasado 14 de noviembre; a efectos del Buen Fin 2017. Sin embargo, otros lo cobrarán como dice la Ley, el 20 de diciembre.
Detalla la SHCP que el aguinaldo o gratificación de fin de año a los servidores será equivalente a 40 días de salario sin deducción alguna, y se podrá cubrir a partir del 14 de noviembre de 2017.