Iniciaron las campañas electorales en diversas entidades en el país, para que la ciudadanía elija a quienes gusten los representen, por lo cual todos los candidatos se encuentra ante la ardua tarea de convencer a los electores, de ganar su voto. En Tamaulipas las campañas iniciaron el pasado 5 de abril, con ello se renovarán nuestros representantes en el Congreso de la Unión, específicamente en la Cámara Baja, los tamaulipecos tenemos el deber y derecho de elegir a nuestros próximos Diputados Federales.
Por otra parte, el INE (Instituto Nacional Electoral), de acuerdo a lo que señala nuestra Carta Magna en su artículo 41, es el organismo público autónomo, encargado de organizar las elecciones en nuestro país. Asimismo, la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en su artículo 35, establece que el Consejo General es el órgano superior del INE y el responsable de vigilar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales en materia electoral, aunado a ello, este Consejo tiene la facultad de dictar Acuerdos que regulen la actividad electoral, complementando lo ya dispuesto en la ley y la Constitución.
Por un principio, en Acuerdo INE/CG61/2015, se pactó que debe retirarse toda propaganda gubernamental en medios de comunicación social, tanto de los poderes federales y estatales, como de los municipios; exceptuándose las campañas de información de las autoridades electorales, las relativas a servicios educativos y de salud, o las necesarias para la protección civil en casos de emergencia, siempre y cuando no incluyan algún nombre o logo de algún servidor público, gobierno o administración.
Aunado a ello, en Acuerdo INE/CG66/2015, el Consejo General recalcó la prohibición recurso públicos en campañas, pues son conductas contrarias a la imparcialidad electoral las realizadas por los gobiernos como condicionar la entrega de recursos provenientes de programas públicos, y la administración o la provisión de servicios o programas públicos, a cambio el voto para algún partido o candidato o la abstención del mismo. De igual manera, se prohíbe a los servidores públicos en general a asistir en hora y día hábil a mítines, marchas o eventos públicos donde se promueva el voto por algún candidato, al igual el uso de recursos públicos para fines proselitistas, ni utilizar ningún medio de transporte oficial para acudir a ellos.
También, en Acuerdo INE/CG67/2015, solicita la colaboración y apoyo de quienes fungen como titulares del Ejecutivo Federal, los Ejecutivos Locales, Presidentes Municipales y Jefes Delegacionales, para que implementen las medidas necesarias para garantizar que la ejecución y reparto de los bienes, servicios y recursos de los programas sociales bajo su responsabilidad, evitando en todo momento, su uso con fines electorales. Dicho acuerdo señala que en caso de que no se implementen las reglas para ello, se tendrá como un indicio de que están incurriendo en una infracción, lo cual suena inconstitucional pues se estaría atentando al principio de inocencia.
El hombre es un animal político, el propio Aristóteles lo señalaba, empero, los servidores públicos antes de a algún color o candidato, se deben a las libertades humanas y a la democracia, que son la base de un sociedad debidamente organizada, por ello, se debe revisar cuidadosamente las directrices que ha emitido el INE, en especial los Acuerdos antes en mención, hasta lo que se publica en redes sociales en horario laboral podría acarrear alguna infracción o golpe político, ¡aguas!
RECOMENDACIÓN SEMANAL: Revisar los Acuerdos del INE, localizados en http://www.ine.mx/archivos2/portal/ConsejoGeneral/SesionesConsejo/acuerdos/