27 mayo, 2026

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Pederán patria potestad padres que incumplan económicamente

Además, los padres o madres que incumplan en proporcionar el recurso económico para los alimentos, serán boletinados para que no abandonen el país
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TAMPICO, Tamaulipas.- Los padres o madres que tengan la patria potestad sobre sus hijos y que incumplan en proporcionar el recurso económico para los alimentos, perderán inmediatamente el derecho sobre él o los hijos, además serán boletinados para que no abandonen el país.

Lo anterior fue dado a conocer por el licenciado Eustacio Reyes Hernández, quien al salir de las instalaciones de los juzgados civiles, informó que de acuerdo a las recientes resoluciones de la Suprema Corte de la Nación, se resolvió que aquellos padres o madres que se encuentren obligados a proporcionar alimentos y que ejerzan la patria potestad, cuando incumplan con dicha obligación por el término de dos meses consecutivos perderán la patria potestad previa resolución del juzgado familiar.

Asimismo, informó que además se estableció y se determinó que la persona que incumpla con dicha obligación, también en concordancia con la Secretaría de Gobernación y la ley de migración en su articulo 47, se haga la prohibición o el impedimento de la salida del país, es decir el juez que conozca el caso deberá de girar un oficio a la Secretaría de Exteriores para la suspensión del pasaporte.

Sobre el tema agregó que de acuerdo a las nuevas resoluciones de la Suprema Corte de Justicia, se ha determinado que para asignar la custodia de los menores de edad, aplicable en divorcios, o conflictos familiares, ya no sólo le corresponderá a la madre cuando son menores de edad, si no que también ahora le puede proceder a favor del papá, tomando en consideración un estudio socioeconómico de cada uno de ellos, y en base a las pruebas aportadas sobre este tema, el juez en turno tendrá la responsabilidad de elegir el escenario que resulte menos perjudicial para el menor, así como decidir una solución estable, justa y equitativa que resulte lo más benéfica para éste último, de tal manera que lo que la ley viene a proteger los derechos de los menores por encima de los padres, aunque siempre es importante escuchar la opinión de los menores cuando estén de por medio sus derechos, de tal modo que se hace un llamado de atención a las instituciones DIF, y jueces familiares para que en el momento de dictar alguna sentencia bajo estos argumentos, tomen en consideración dichas circunstancias de manera imparcial, para evitar injusticia en perjuicio de los menores que por sí solos no pueden defenderse.

Señaló que también debe de tomarse en cuenta pruebas periciales a los padres, y su resultado también puede influir en la asignación de la custodia  de los menores, pues son problemas que se viven a diario en las separaciones de las parejas o en los divorcios, donde los hijos son instrumentos de chantaje, de negociación por los padres, sin contar el grave perjurio que se les ocasiona.

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