CIUDAD VICTORIA, Tamaulipas.- Las normas anti-lavado y anti-evasión de los últimos años, dirigidas a empresas fantasma y personas físicas que viven de emitir facturas sin haber entregado la mercancía o servicios cobrados, ha derivado a que en México todos los causantes seamos evasores o tratados como tales hasta que no se nos compruebe lo contrario.
Hace un año el Servicio de Administración Tributaria (SAT), descubrió e inició acciones contra 62 empresas fantasmas con domicilio fiscal en Tamaulipas, las cuales emitieron facturas por operaciones inexistentes, y este año agregó 25 empresas las cuales incluso podrían haber vendido facturas a varios municipios que las tenían en su lista de proveedores.
Contadores y especialistas en materia fiscal han advertido que los cambios ya vigentes este año para la factura digital se requieren de cumplir tantos requisitos, se trate de causantes que suman ingresos de apenas decenas de miles de pesos por año o de grandes empresas, que las posibilidades de equivocarse y cometer faltas fiscales que tienen fuertes multas, aumentaron.
Según el SAT, el nuevo sistema da muchas ventajas para la fiscalización a la autoridad hacendaria y muy pocas a los causantes quienes, de equivocarse al emitir una factura de unos cientos de pesos y no facturar cumpliendo todos los requerimientos obligatorios puede hacerse acreedor a multas que van de mil 330 a 70 mil 580 pesos.
“El proceso de aceptación de cancelación de facturas entra en vigor el 1 de julio del 2018”, afirma el Sistema de Administración Tributaria, para referirse a que, a partir del día de los comicios federales, cancelar una factura será tan difícil como cancelarle el registro a un partido político y más peligroso que no hacer la declaración anual.
Si por una parte dificulta la acción de las llamadas “factureras”, tan de moda en los ataques entre candidatos a la presidencia de la República, por la otra pone a pequeña causante a realizar una labor profesional al facturar, como interpretar debidamente las normas y el catálogo del SAT, que es el mismo para todos los negocios y debe coincidir con los códigos correspondientes o la factura podría ser menor que las multas que va a generar.
Además de la facturación, deben presentar declaración forzosa en abril de este año, las personas físicas con actividad empresarial, servicios profesionales, que perciban ingresos por arrendamiento sin importar el monto, los asalariados con ingresos mayores a 400 mil pesos en un año (Unos 32 mil pesos mensuales antes de impuesto) y asalariados que hayan tenido dos o más patrones en un ejercicio fiscal.
Aunque el SAT o Sistema de Administración Tributaria hace una larga lista de las grandes ventajas para los causantes que según ellos tiene el nuevo tipo de facturación, la mayor parte de quienes ya tuvieron que facturar este año, no opinarán lo mismo, especialmente los profesionistas por cuenta propia y las micro y pequeñas empresas.
La llamada Factura 3.3 tiene muchos requisitos como poner el método de pago, para lo cual se debe consultar al que va a pagarla, y una vez emitida la factura, no se puede cambiar este método y cancelarla no será sencillo.
La herramienta digital gratuita del SAT para expedir el comprobante fiscal por Internet o CFDI, está lleno de errores al igual que en los sitios que venden el sistema de facturación, por ejemplo, ahora o se paga de contado o en parcialidades y ya no es posible, como lo era antes, un pago inicial y parcialidades.
Sin embargo, pero está última forma, pago inicial y parcialidades, aparece tanto en el sistema del SAT como en los de proveedores de facturación y este error, propiciado por mismo sistema, puede causar dolores de cabeza.
Según proveedores de sistemas de facturación, muchas empresas no han podido emitir ninguna factura en la versión 3.3 por errores técnicos y errores ajenos al propio contribuyente, como la certificación que requieren tener los sistemas, y no la tienen.
Para la autoridad fiscal que tiene la sartén por el mango, la CFDI 3.3 otorga “certeza al tener información estandarizada y confiable de sus transacciones comerciales en línea y de que reportan información completa y correcta al SAT”.
“Con esto se disminuye la posibilidad de ser sancionados”, afirman y además aseguran que hay una “simplificación de su proceso de facturación y conciliación de pagos. No presentar la Declaración Informativa Múltiple de Sueldos y Salarios, y en un futuro tampoco la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros”, señalan.
Aseguran el SAT que los causantes emisores de una factura tendrán la certeza de que cuando ya pagaron por los productos o servicios que reciben, las facturas que amparan ese gasto no van a ser cancelado y que se evitará la duplicidad de ingresos cuando facturen en parcialidades.
Antonio Rodríguez, vicepresidente de relaciones públicas y difusión del Instituto de Contadores Públicos de Nuevo León, señaló que para todo tipo de causantes el tiempo de facturación se duplicó, que los empleados que pueden facturar son menos porque se debe elegir correctamente el número de catálogo y expedir un recibo de pago.
Otro de los problemas está en el Cálculo del Impuesto sobre la Renta (ISR) y la forma de reportarlo y nuevas formas de presentar correctamente los CFDI por sueldos, prestamos viáticos, subsidio, finiquitos y descuentos y demás conceptos derivados del pago de nómina.
En el caso de los viáticos, advierte Pablo Gutiérrez Laguna, de Gutiérrez Gallegos & Asociados, “hay que pedir un CFDI cuando se libera el recurso y otro CFDI cuando se comprueban esos viáticos” y estos cambios significan para el experto un proceso de adecuación de la reforma en materia de factura electrónica donde aún para marzo de este año ya no puede haber errores.