CIUDAD MADERO, TAMAULIPAS.- Asesores legales del candidato a la Presidencia de México por la coalición “Juntos Haremos Historia”, Andrés Manuel López Obrador colaboraron en el recurso de inconformidad presentado en el Tribunal Federal Electoral por la revocación de la candidatura de Adrián Oseguera Kernion a la alcaldía de Madero.
El abogado Alfredo Campos Martínez, dijo que hay plena confianza en que los derechos electorales de Adrián Oseguera le serán restituidos y con ello su candidatura.
Expresó que ya fue presentado este miércoles el recurso en contra de la resolución del Tribunal EstataL Electoral que revocó la candidatura de Adrián Oseguera.
Mencionó que el proceso avanza en tiempo y forma y que tardará unos días para que la sala regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, emita la sentencia.
Explicó qe por ley el recurso se presenta en el TRIELTAM en donde debe publicarse tres días en estrados y posteriormente enviarse a la sala regional del Tribunal Federal con sede en Monterrey, en donde podrían tardar una semana más en deliberar.
Campos Martínez dijo que el recurso presentado fue elaborado en Ciudad Madero y contó además con la asesoría de la estructura jurídica del candidato presidencial Andrés Manuel López Obrador, por lo que existe plena confianza en que los derechos electorales de Adrián Oseguera Kernion le serán restituidos para así poder participar en la contienda.
“Confiamos en la restitución de los derechos, sentimos que hubo una violacion flagrante a la ley por parte del Tribunbal Electoral de Tamaulipas y afortunadamente existe el Poder Judicial Federal que nos puede resarcir esos derchos”.
Agregó que el Tribunal Electoral de Tamaulipas emitió una sentencia en contra del orden jurídico y desestimó la modificación que se le hizo al acta de nacimiento de Oseguera Kernion.
“Hubo unas valoraciones indebidas de pruebas, se desconoció de manera flagrante un acta de nacimiento que es un documento público, sabemos que las actas de nacimiento para que pierdan su valor deben ser revocadas por una autoridad jurisdiccional, como un juez civil, un juez familiar, pero no un Tribunal Electoral”.