CIUDAD DE MÉXICO.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó validar las inspecciones en los vehículos por parte de las autoridades de Seguridad Pública Federal y Estatal.
De acuerdo sentencia emitida por los magistrados de la Suprema Corte de Justicia de la Nación luego de un recurso de inconstitucionalidad tramitado por la Comisión Nacional de Derechos Humanos se determinó la validez de las revisiones a vehículos.
Los magistrados de la Suprema Corte reconocieron el derecho de privacidad que los usuarios de un vehículo de transporte tienen al circular en territorio nacional, sin embargo la autoridad policial cuenta con la facultad de revisar el interior o al pasajero en caso de una investigación de un delito.
En el caso de las autoridades de tránsito, estas están facultadas para detener una unidad y aplicar una infracción del reglamento de tránsito, en caso de que al interior de la unidad se encuentran objetos que puedan ser usados para un delito está autoridad puede llamar al Ministerio Público.
Para los policías la decisión de inspeccionar un vehículo se tomará por el oficial de acuerdo a las actitudes que tome el conductor o los tripulantes de la unidad, lo cual se debe de informar a conducir la causa por la cual se realiza la revisión.