CIUDAD VICTORIA, Tamaulipas.- Esta semana iniciará el análisis de la iniciativa que busca otorgar nuevas facultades al Ejecutivo, para aplicar la figura de “veto” en “tres actos”, una vez aprobada una ley o decreto, por el Pleno del Congreso.
La reforma al artículo 68 de la Constitución, implicaría tener la “iniciativa”, “facultad del veto” y “la promulgación y publicación de leyes o decretos”.
Actualmente, el Ejecutivo tiene la obligación de promulgar las leyes y decreto aprobado por el Poder Legislativo o hacer observaciones antes de esta acción y, en su caso, se modifica.
Sin embargo, para la fracción del PAN, quien promueve esta iniciativa, ahora el Ejecutivo no solo podrá realizar observaciones, podría hacer modificaciones, rehacer la iniciativa y enviarla o bien vetarla, de lo contrario, podrá promulgarla.
“El Congreso, por mayoría de votos de los diputados presentes, podrá adoptar las adiciones o modificaciones realizadas por el Ejecutivo o, en su caso, confirmar las partes o porciones observadas”.
Víctor Meraz, diputado de Acción Nacional, explicó que la última reforma al procedimiento previsto en el artículo 68 de la Ley Fundamental de Tamaulipas, relativo al ejercicio del derecho de veto que atañe al Ejecutivo, se realizó en el año 2011, a través del Decreto número LXI- 34, expedido el 18 de mayo del citado año.
El objeto de esta reforma, consistió en hacer una homologación con la Carta Magna, donde se menciona, que si transcurrido el término otorgado al Ejecutivo, federal o local, para promulgar y publicar una ley o decreto del Congreso, si se abstenían de hacer tal publicación, se consideraba promulgada de pleno derecho, dicha norma general.
Ahora, lo que proponen los diputados del PAN en el Congreso del Estado, es que, en caso de aprobar una Ley o decreto, exista mayor precisión a los supuestos y forma en que el ejercicio del veto debe asumirse, en la práctica parlamentaria.
“El único propósito fundamental de esta iniciativa, atiende a la necesidad de otorgar mayor orden y certeza jurídica al procedimiento legislativo, respecto a la figura del veto, aclarando en el mismo las fases correspondientes al veto parcial y pleno, así como a las consecuencias jurídicas de uno y otro supuesto, en el texto constitucional”.
PROPOSITO
“El único propósito fundamental de esta iniciativa, atiende a la necesidad de otorgar mayor orden y certeza jurídica al procedimiento legislativo, respecto a la figura del veto’




