CIUDAD VICTORIA, TAMAULIPAS.- La empresa Teléfonos de México, no está respetando la Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-184-SCFI-2017 que permite a sus clientes cancelar sus contratos y se empeña en retener a sus clientes a la mala.
Un caso se presentó el pasado 21 de febrero, cuando la empresa Zero Ediciones, solicitó vía correo electrónico a Telmex la baja del servicio de Internet junto a los troncales digitales y servicios adicionales, por altos costos que estos representaban, solicitando continuar con servicios de telefonía e Internet Infinitum.
Por esa misma vía, dos ejecutivos de atención a clientes de negocios, confirmaron la baja de servicios solicitados, sin embargo, un mes después, en la factura fueron incluidos nuevamente los servicios previamente dados de baja.
Ante la omisión de la empresa Telmex por dar de baja el contrato de la empresa, se interpuso una queja ante la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) y se solicitó que los cobros realizados sean cancelados.
Tan sólo en 2018, la Profeco recibió 32 mil quejas contra empresas de telecomunicaciones, que lo mismo ofrecen servicios de telefonía celular que de Internet o televisión de paga, logrando conciliar el 90 por ciento de las quejas.
Del total de quejas, la telefonía móvil es la número uno, con 9 mil 200, le siguen la televisión de paga, celulares, telefonía fija e internet; la negativa a rescindir el contrato es una de las tres quejas más recurrentes de los ciudadanos que contratan servicios de telecomunicaciones, las otras dos tienen que ver con la mala calidad del servicio y la negativa a hacer efectiva la garantía.
Si bien, la contratación de servicios con plazos forzosos de 12, 18 y hasta 24 meses está permitida por la ley en México, la norma obliga a las compañías a establecer en sus contratos.
“El Consumidor tiene derecho a dar por terminado el Contrato de adhesión de forma anticipada en cualquier momento, de acuerdo a lo pactado, a través del mismo medio en el cual contrató el servicio de telecomunicaciones, sujetándose a las penas convencionales establecidas en el mismo, las cuales deben ser razonables, recíprocas, equitativas y proporcionales para las partes y no pueden ser superiores al monto insoluto de la obligación principal”.
De acuerdo con la Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-184-SCFI-2017, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 07 de marzo del 2018, corresponderá a la Profeco al momento de resolver sobre la solicitud de registro del modelo de Contrato de adhesión valorar la razonabilidad, reciprocidad, equidad y proporcionalidad en el momento de la aprobación de cualquier Contrato de adhesión de las penas a que se refiere el párrafo anterior y, en su caso, solicitar al Proveedor de Servicios de Telecomunicaciones las modificaciones correspondientes.
Han existido diversos intentos por eliminar o disminuir los plazos forzosos en contratos de los servicios de telecomunicaciones, bajo el argumento que los plazos forzosos excesivos son un obstáculo a la libre competencia en detrimento de mejores servicios para los usuarios.
Los servicios que ofrece Teléfonos de México ha sido llamada en varias ocasiones por la Profeco por diversas fallas, una de ellas fue la ocurrida el 30 de enero del 2018, cuando le requirió a compensar a miles de usuarios, por la caída que registró Infinitum, su servicio de Internet y que duró por lo menos dos horas, afectando varios estados.