CIUDAD VICTORIA, TAMAULIPAS.- La Ley del Instituto de Previsión y Seguridad Social del Estado -IPSSET-, en materia de igualdad de género, viola los principios de igualdad e incurre en discriminación indirecta y con ello, violenta derechos fundamentales para trabajadores del gobierno
de Tamaulipas.
Uno de los argumentos, detalla la Diputada Olga Garza Rodríguez de la fracción del PRI, es que existen diversos estereotipos de género y disposiciones “abiertamente discriminatorias en tres rubros de la Ley del Ipsset”.
Entre los rubros que cita, está exigir mayores requisitos a los hombres para tener acceso a prestaciones como la viudez; Otorga únicamente a mujeres trabajadoras el derecho a servicios de atención para el desarrollo infantil de sus hijos e hijas.
Pero además, niega el acceso a cónyuges o concubinos de las trabajadoras, el acceso del servicio médico.
“Estos tres rubros no tienen razón de ser, y son discriminatorios e ilegales. Si se según la Constitución General queda prohibida toda discriminación motivada por el género y el hombre y mujer somos iguales ante la ley, entonces, porque la ley del Ipsset exige
a viudos, acreditar que son mayores de 62 años, estar incapacitados para trabajar y haber sido sus dependencias económicos, mientras que a las viudas no les exige nada de esto”.
“¿Por qué trabajadores no pueden dar de alta a sus hijos e hijas en las guarderías, o porqué los esposos de las trabajadoras no puede recibir servicio médico?. La respuesta es muy sencilla, porque la Ley del IPSSET viola los derechos humanos con base a la reproducción de estereotipos de géneros que deja desprotegidos a hombres y además, genera una discriminación indirecta para las trabajadoras”.
La legisladora del PRI, sustentó los argumentos con tesis judiciales y resoluciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación donde sostiene que, esta distinción entre hombre y mujeres se violan los derechos fundamentales de igualdad jurídica y no discriminación.
El otorgamiento de ofrecer exclusivamente a mujeres trabajadoras el derecho a servicios de estancias infantiles, dijo que el Consejo Nacional para prevenir la Discriminación (Conapred) ha señalado que restringir el derecho al servicio de estancias infantiles o guardería por condición de género viola los derechos de la niñez.
Citó además, la resolución de un amparo que resolvió la SCJN donde le da la razón a un padre de familia que trató de inscribir a uno de sus hijos en una estancia del IMSS.
“Adicionalmente se propine incorporar a la Ley el principio de igualdad de género, para que sea respetado irrestrictamente en aplicación e interpretación de dicho ordenamiento jurídico, así como en las resoluciones que en el ejercicio de sus atribuciones emita el IPSSET”.