CIUDAD DE MÉXICO.- Las trabajadoras del hogar, como el resto de los empleados, tienen derecho a la seguridad social, es decir estar inscritos ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS)) y ser beneficiarios de servicios médicos, hospitalarios, farmacéuticos; incapacidades, pensión por invalidez, fondo para el retiro y prestaciones sociales.
Este es uno de los trámites que debe realizar el patrón mes con mes.
Para que la persona trabajadora del hogar puede tener acceso a estos beneficios, el empleador debe inscribirle ante el IMSS y para ello debe tener a la mano datos tanto de la persona que se empleará como del patrón.
¿Qué datos debo conocer para la inscripción?
Patrón:
- CURP
- Correo electrónico personal
- Teléfono celular
- Domicilio.
Persona trabajadora del hogar.
- CURP
- Número de Seguridad Social (NSS)
- Domicilio
- Dalario base de cotización diario integrado
- Días trabajados.
Proceso de inscripción.
Una vez que el patrón tenga a la mano los datos antes descritos debe entrar al portal del IMSS y buscar la pestaña ‘incorporación de las personas trabajadoras del hogar’, también se puede hacer clic en este enlace.
En esa página web se le solicitará que ingrese los datos antes mencionados, posteriormente es necesario verificar que sean correctos y en caso de contar con RFC, escribirlo.
El domicilio que el patrón ingresa en la página web debe corresponder al sitio donde labora la persona trabajadora del hogar.
En la siguiente pestaña, se pedirá al patrón escribir el número de Seguridad Social y el CURP de la persona trabajadora del hogar, así como su dirección.
En el siguiente apartado, el patrón deberá informar sobre los das que labora la persona al mes, de acuerdo con el calendario, así como el salario diario que percibe.
Una vez que el patrón ha proporcionado esta información conocerá cuál es la cuota que deberá pagar ante el IMSS por cada persona que labore en su domicilio.
El sitio web arrojará dos comuneros que el patrón debe imprimir:
- El formato de incorporación al IMSS de la persona trabajadora del hogar.
- Documento para hacer el pago de la cuota a través de una sucursal bancaria o banca en línea.
¡Ojo!
Los patrones tienen hasta el día 20 de cada mes para realizar el pago de las cuotas ante el IMSS.
El aseguramiento de la persona trabajadora del hogar será a partir del mes inmediato posterior a su fecha de registro y por los días que labore en dicho domicilio.
El trámite se debe realizar mes con mes.
A quiénes beneficia la inscripción de la persona trabajadora del hogar ante el IMSS?
- Esposa o esposo del beneficiario.
- Hijos de hasta 16 años y hasta 25 si estudian.
- Padre, madre del trabajador siempre que vivan y dependan económicamente de éste.