MÉXICO.- Después de que se publicara el decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión en el Diario Oficial de la Federación (DOF), los usuarios de celulares tendrán la obligación de registrarse en el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil. A continuación, te contamos cuales serán las multas que tendrás si decides no registrarte.
Este Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil estará a disposición del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) y de las compañías de telefonía. Con esto en cuenta, las sanciones podrán ser aplicables para las empresas que brinden los servicios y/o los usuarios autorizados.
En caso de registrar de manera extemporánea las lineas telefónicas, se podría ser objeto de una sanción de entre 20 a 50 Unidades de Medida y Actualización (UMA), en otras palabras, se obtendría una multa de 1, 792 pesos hasta 4, 481. Ahora bien, si una empresa no registra una linea telefónica o bien, no actualiza el Padrón, recibirán un multa de entre 500 a 1000 UMAs, o sea, una multa de 44,810 pesos hasta 89,620 pesos.
Otro caso para ser acreedor a una multa, se explicó que si se hace uso indebido de la base de datos, las empresas recibirán sanciones desde 10,000 UMAs hasta 15,000 UMAs. La sanción anterior en pesos sería desde 896,200 pesos hasta 1,344,300 pesos.
CON INFORMACIÓN DE POLITICOMX