MÉXICO.- El gobierno federal publicó en el Diario Oficial y de la Federación (DOF) la reforma con lo cual entraron en vigencia los cambios a la Ley General de Salud, los cuales prohíben la producción, importación y comercialización de productos y artículos cosméticos que hayan sido probado en animales.
A partir de ahora los productos de belleza y cosmética deberán incluir un etiquetado claro que asegure a los consumidores que en su fabricación no se llevaron a cabo pruebas en animales y les garantice el derecho a la información como consumidores.
Las penas que se impondrán en caso de violar estas especificaciones van de dos a siete años de prisión, así como multas equivalentes entre 200 y 2 mil veces el valor de la Unidad de Medida de Actualización (UMA) para todos aquellos que contraten, autoricen, conduzcan, desarrollen o participen en la realización de pruebas de este tipo. De igual forma, además de la sanción económica y penal, los productos que se descubra continúen siendo fabricados y comercializados con uso de animales serán retirados y decomisados por la autoridad.
Esta reforma busca promover una agenda en pro de la defensa de los derechos de los animales y combatir las prácticas de múltiples laboratorios que producen jabones, cremas corporales, shampoos, maquillajes, desodorantes y muchos más que suelen ser probados primero en animales, provocándoles sufrimiento por estrés, lesiones e incluso la muerte a causa de los químicos a los cuales son expuestos y a las condiciones precarias y de cautiverio en las que se encuentran.
A nivel mundial se estima que alrededor de 115 millones de animales en todo el mundo son utilizados en experimentos, siendo ratones, conejos, perros, gatos, primates y aves los más empleados.
La reforma en materia de responsabilidad animal y prevención al maltrato de los seres vivos avaló el dictamen presentado en 2019 por la exsenadora morenista Jesusa Rodríguez y el coordinador de Morena, Ricardo Monreal, la cual fue aprobada por la Cámara de Diputados el 29 de abril de este año con 442 votos a favor, uno en contra y cero abstenciones durante el Pleno para después ser avalada por unanimidad con 103 votos a favor el pasado 2 de septiembre en la Cámara de Senadores y posteriormente enviada al Ejecutivo Federal para su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) siendo divulgada en la edición matutina de hoy 14 de octubre de 2021.
Hasta ahora México encabeza la lista al ser el primer país en América Latina en prohibir este tipo de prácticas, buscando así crear conciencia en este sector e impulsando el desarrollo de productos que además de no ser probados en animales no contengan ingredientes de origen animal. Datos de Grand View Research estiman que desarrollar productos cosméticos con estas características podría generar un valor mundial de 20 mil 800 millones de dólares para 2025 ya que cada vez es más alta la demanda por parte de los consumidores en especial los más jóvenes.
El quinto transitorio señala que a partir de la publicación de las disposiciones jurídicas a que se refiere el artículo segundo transitorio del presente Decreto, los fabricantes contarán con dos años para sustituir las pruebas cosméticas en animales por métodos alternativos para evaluar la seguridad y eficacia de los productos cosméticos.
CON INFORMACIÓN DE HERALDO DE MÉXICO
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— Expreso (@ExpresoPress) January 5, 2021