Terminada la Segunda Guerra Mundial, Finlandia conservaba el delicado problema de tener la frontera más larga de cualquier país europeo con la entonces Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas, con la que ya había tenido dos guerras en 1933 y 1941. El dilema no era menor.
Los soviéticos desconfiaban de los finlandeses, pues podían ser un enclave estratégico de los países occidentales aliados y éstos últimos, les recelaban por la posibilidad de que fueran candidatos a unirse con los rusos. La solución institucional que ideó Finlandia para dejar en claro su postura neutral —y con ello evitar conflictos– fue transparentar todas sus políticas públicas, el ejercicio de su presupuesto, sus procesos de industrialización y todo lo inherente al gobierno. El resultado fue sorprendente.
Por un lado, se convirtieron en socios comerciales estratégicos de los soviéticos, y por otro, ingresaron a la Unión Europea. El método institucional basado en la transparencia hizo que ganaran confianza internacional y ciudadana, además lograron una evolución social envidiable.
Lo anterior viene a colación, por la reciente resolución de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que decidió que el pleno del Instituto Nacional de Acceso a la Información pueda sesionar —de manera válida— con sólo cuatro de siete personas comisionadas que debieran integrarlo.
Esta determinación es de carácter transitorio, en tanto el Senado de la República cumple con su responsabilidad de nombrar, por lo menos, a una persona más.
El Inai quedó —desde marzo de este año— sin posibilidad de integrar el quórum suficiente de cinco integrantes de su pleno, al terminar su encargo el comisionado Francisco Javier Acuña, subsistiendo así sólo por cuatro personas. Como consecuencia, se vino a agravar la añeja omisión del Senado para nombrar a otros dos nuevos comisionados. La parálisis del Inai derivó en 146 días sin que se reuniera el pleno; 18 sesiones sin celebrarse; y 8 mil 314 recursos pendientes de resolución, que afectan derechos fundamentales.
Por tal motivo, la Corte advirtió que la parálisis actualizó la violación de manera cotidiana y reiterada de dos derechos fundamentales: el derecho de acceso a la información, así como, el derecho de protección de datos personales, privando a la ciudadanía de una respuesta a sus reclamos.
La decisión de la Suprema Corte fue resultado de la controversia constitucional interpuesta por el Inai; que es un medio de control constitucional que cuenta con dos elementos de existencia: el reconocimiento del federalismo y la salvaguarda de la división de poderes. México está ya inmerso en los procesos democráticos electorales del año entrante, y debe garantizar a los ciudadanos tener a quien recurrir cuando no se informa de forma debida las cosas que ejecutan los poderes públicos.
La rendición de cuentas y la transparencia son dos elementos indispensables para todo Estado de derecho democrático.
Hace años, cuando en la Facultad de Derecho de la UNAM se recibió a una delegación de parlamentarios de Finlandia, se le preguntó a quien la encabezaba qué consejos podrían darnos para entender por qué había alcanzado su país la primerísima clasificación internacional de la OCDE en materia del combate a la corrupción, y nos contestó: “Tres cosas: transparencia, transparencia y más transparencia”. Como Corolario, las palabras del exsecretario general de las Naciones Unidas, Kofi Annan: “Si la corrupción es una enfermedad, la transparencia es una parte medular de su tratamiento”.