Persiste la incógnita acerca de si el gobierno de México, al restringir el acceso a vacunas adecuadas contra las variantes del covid-19, podría violar los derechos humanos de más de 120 millones de ciudadanos, dado que busca imponer unas que no han sido ni validadas por la Organización Mundial de la Salud ni actualizadas para las nuevas variantes. Tampoco existen visos de que permita la libre compra de otras aprobadas por el organismo de la ONU.
De acuerdo con los criterios de la OMS, las vacunas son un bien público mundial y regional, y deben estar al alcance de todas las personas con equidad y sin discriminación para promover el bienestar humano.
Bajo este criterio, al limitar a las personas mexicanas el acceso a vacunas actualizadas y validadas por la OMS, dentro de los compromisos convencionales que el Estado mexicano firmó, incumple con la promoción del bienestar humano.
Cabe destacar que no existen motivos jurídicos para prohibir la libre compra de vacunas actualizadas, luego de que en marzo pasado el gobierno federal declaró formal y oficialmente concluida la emergencia sanitaria por covid-19 y, con ello, cesaron las medidas restrictivas.
En días recientes, el gobierno federal anunció que aplicará como refuerzo contra el covid-19 las vacunas Sputnik (rusa), Abdala (cubana) y Patria (mexicana), ninguna reconocida por la OMS. La primera ya la había aplicado provocando que las personas que viajaban a otros países no les permitieran el acceso y, la segunda, fue limitado el número de personas que aceptó aplicársela por carecer de los reportes clínicos normados por la entidad mundial.
Las autoridades se han cuidado mencionando que se aplicarán como refuerzo, pero en realidad no están actualizadas para las variantes, cierto, de la misma familia del virus que ya circulan en México. El epidemiólogo reconocido Alejandro Macías las calificó como “vacunas ancestrales”, pero no desalentó su uso.
Sin embargo, confirmó que esas tres no están actualizadas para las nuevas variantes que ya circulan en México.
Se ha documentado ampliamente que la decisión de imponer a los mexicanos estas vacunas está orientada por fines ideológicos, lo que resulta más preocupante cuando somos el cuarto país del mundo con el mayor número de fallecimientos por covid-19: 700 mil personas murieron por un deficiente manejo de la pandemia.
He mencionado “imponer”, por el hecho de que si las personas quisieran optar por una vacuna actualizada de otros laboratorios, la Cofepris no ha autorizado su libre importación.
Esto, de entrada, implica denegar el derecho humano a la salud, reconocido nacional y convencionalmente, y remarcadamente porque ya no existe la emergencia. La pregunta entonces se extiende: ¿puede un gobierno democrático impedir que mexicanos accedan a recursos que protejan su salud? No se trata de imponer que el gobierno las adquiera con sus recursos (que, al final, son de los mexicanos).
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha establecido que, de manera interdependiente e interseccional, “los derechos a la salud, a gozar de los beneficios del proceso científico, al acceso a la información y el principio de igualdad y no discriminación se encuentran íntimamente relacionados con las decisiones que deben tomar los Estados en torno a las vacunas para prevenir el covid-19”.
Esto, sin duda, lleva a la reflexión sobre si el mantener la prohibición —aunque no expresa— de adquirir vacunas actualizadas afecta ese derecho a la vida, puesto que se impide que personas se beneficien de ese proceso científico que acontece fuera de nuestras fronteras.
Para la CIDH, los países miembros están obligados a manejar la información sobre las vacunas de manera abierta y sin reservas, a fin de que los ciudadanos puedan vencer las posibles resistencias.
POR JORGE CAMARGO