ALTAMIRA, TAMAULIPAS.- En las oficialías de los registros civiles, ya no se pedirán los permisos de Coepris para realizar el acta de defunción.
“Antes no podíamos dar la defunción sin que vinieran los permisos expedidos por la Coepris, ya sea se haya hecho la cremación o inhumación del cuerpo”, comentó la titular de la Primera Oficialía del Registro Civil en la Zona Centro de Altamira, Blanca Silvia Borjas Loredo.
Anteriormente, los familiares debían pagar 1,084 pesos a Coepris y luego acudir al registro civil para solicitar el acta.
“Era la traba para dar la defunción porque antes tenían que pagar los permisos correspondientes y después del gasto por los servicios funerarios, la gente se quedaba sin dar las bajas de las defunciones”.
Comentó la licenciada que el Código Civil faculta al registro civil expedir una orden de inhumación o cremación, sin solicitar los permisos de la Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Coepris).
“El usuario puede venir con el certificado de la defunción, los documentos de la persona finada, dos testigos y la persona que declara con sus identificaciones oficiales, se llena una solicitud de defunción, hacemos el registro en el sistema nacional y nos da la pauta para poder sacar esa orden de inhumación u orden de cremación”.
Recordó que son cinco años para hacer la defunción, después de ese periodo, hay que hacerlo mediante el juez, en un procedimiento legal para poder asentar la defunción.
Por. Óscar Figueroa
La Razón