Pese a que el próximo lunes 16 de septiembre está marcado como un día de descanso obligatorio en la Ley Federal del Trabajo, algunas personas deberán asistir a sus centros de trabajo para laborar de manera normal, no obstante, estos empleados deben recibir un pago extra por ofrecer sus servicios en un día feriado, por lo que en esta nota te diremos si tienen derecho a recibir un pago doble o triple.
Para empezar a abordar el tema es importante señalar que los días que son considerados de descanso obligatorio están indicados en el artículo 74 d la Ley Federal del Trabajo y como cada año el 16 de septiembre es incluido para conmemorar el inicio de la Independencia de México, además, en el mismo documento se indica que las personas que laboren durante algún día feriado deben percibir una cantidad adicional al pago que reciben de manera diaria.
¿Doble o triple? Esto es lo que debes cobrar si trabajar el lunes 16 de septiembre
El artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo establece que en caso de que el empleador requiera que su personal trabaje en un día feriado, en este caso, el lunes 16 de septiembre, deberá llegarse a un acuerdo entre ambas partes con antelación para determinar las condiciones en las que los y las trabajadoras deberán prestar sus servicios durante el día de descanso obligatorio.
Asimismo, en el referido artículo de la Ley Federal del Trabajo se establece que quienes deban presentarse a laboral en un día feriado tienen derecho a recibir, de manera independiente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado, es decir, al final de la jornada cobrarán un salario triple.
En caso de que el día de descanso obligatorio sea domingo, la persona empleadora también está obligada a cubrirle a la persona trabajadora el pago de prima dominical, la cual, debe ser por lo menos del 25 por ciento del salario diario, no obstante, este pago no aplicará para el próximo 16 de septiembre, debido a que dicha fecha caerá en lunes.
¿Cuáles son los días feriados que le restan al 2024?
De acuerdo con lo que se indica en el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo durante el resto del 2024 habrá cuatro días de descanso obligatorio para todas las personas pertenecientes a la población trabajadora, los cuales, se especifican a continuación:
Lunes 16 de septiembre en conmemoración del inicio de la Independencia de México
El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre
El 1 de octubre, debido a que en este año se realizará la transmisión del Poder Ejecutivo Federal
El 25 de diciembre (Navidad)
Es importante señalar que todas las personas trabajadoras con más de un año de servicios tienen derecho a disfrutar de un periodo anual de vacaciones pagadas, el cual, en ningún caso, podrá ser inferior a doce días laborables.
CON INFORMACIÓN DE EL HERALDO DE MÉXICO