CIUDAD VICTORIA, TAM.- El cambio de identidad de género, así como para cualquier persona heterosexual que desee un cambio de identidad —nombre—, es un tema pendiente de legislar en Tamaulipas. Ni el Poder Legislativo ni el Ejecutivo se han preocupado por validar lo que el Poder Judicial ha aprobado en múltiples ocasiones mediante amparos.
Mercurios Espinoza del Ángel, representante en Tamaulipas de México Igualitario Derribando las Barreras AC, explicó en entrevista con EXPRESO que su agrupación, con representación nacional, ha apoyado a 400 personas de la comunidad LGBT para realizar el cambio de identidad ante la autoridad civil estatal.
El proceso aún debe realizarse mediante un amparo, ya que el Código Civil de la entidad no permite el cambio de identidad de manera directa, como en otras entidades federativas. Hasta la fecha, estados como Ciudad de México, Coahuila, Colima, Hidalgo, Jalisco, Quintana Roo, Michoacán, Nayarit, Oaxaca, San Luis Potosí, Sonora y Tlaxcala han reformado su código civil, permitiendo el cambio de nombre de las personas, generalmente junto con la aprobación del matrimonio igualitario
EL PRIMER CASO EN TAMAULIPAS
En 2018, se logró el primer cambio de identidad en Tamaulipas. Paulina Fernández, originaria de Tampico, fue apoyada por la AC para llevar a cabo el proceso legal y cambiar su nombre.
“En ese entonces, aún no se legislaba sobre el cambio de identidad. Para lograrlo, la interesada presentó una solicitud en la oficina del registro civil donde fue registrada. Al recibir una respuesta negativa, ese documento permitió iniciar el trámite ante un juzgado de distrito”, explicó Espinoza.
El proceso de amparo, que no tiene costo para la AC ni para la persona interesada, concluye con una resolución favorable que se remite a la oficialía del registro civil, donde se lleva a cabo el cambio. “Todas las resoluciones salen a favor, no hay negativas por parte de la justicia federal, ya que se trata de un derecho humano a la identidad”, añadió.
Cada proceso de amparo puede tardar desde tres a seis meses, o hasta un año. Sin embargo, algunos son inmediatos: “De tantos juicios promovidos, a veces el juzgador otorga la medida de inmediato, y en tres días ya está inscrito el cambio en el registro civil y se entrega la nueva acta”, detalló Espinoza.
Al principio, los procesos tardaban más de un año, pero ahora, en algunos casos, los jueces otorgan la protección de manera anticipada y definitiva. Las demandas se presentan contra el Registro Civil, el Poder Legislativo y el Poder Ejecutivo, debido a su negativa a aprobar el cambio de identidad, algo que ya es constitucionalmente obligatorio.
DEMANDAN AL CONGRESO
El décimo noveno circuito federal con sede en Tamaulipas otorgó a la agrupación la protección tras demandar al Congreso del Estado por no atender sus peticiones.
Incluso se han manifestado en la sede del poder legislativo para exigir los derechos de la comunidad LGBT. Aunque se logró la aprobación del matrimonio igualitario sin necesidad de amparo, se dejó de lado el cambio de identidad. “Con la protección obtenida, el Registro Civil está obligado a realizar los cambios de identidad sin necesidad de amparo. Sin embargo, debido a la incompetencia del director, seguimos recurriendo a los amparos”, comentó Espinoza. El cambio de identidad no es exclusivo para personas LGBT; también es un derecho para personas heterosexuales, incluidos niños y niñas.
Esto aplica en casos donde el nombre del menor provoca burlas o bullying en la escuela. “A veces, los padres ponen nombres por ‘costumbre’, pero estos terminan siendo motivo de discriminación.
Ellos también pueden realizar el trámite para cambiar el nombre”, señaló Espinoza, destacando que el cambio de identidad no es exclusivo para personas trans. Otras personas que pueden realizar el cambio de identidad son aquellas que fueron abandonadas por uno de sus padres.
Al alcanzar la edad adulta, pueden decidir retirar el apellido del padre o madre ausente, ejerciendo así su derecho a la identidad. México Igualitario Derribando las Barreras AC ha realizado más de 400 trámites de cambio de identidad para personas trans. De estos, el 80% corresponden a mujeres trans y el 20% a hombres trans. Incluso se han llevado a cabo procesos que protegen a infancias trans, con el apoyo de sus padres.
EXIGEN A LA NUEVA LEGISLATURA APROBAR EL CAMBIO DE IDENTIDAD
Así como lo hicieron con legislaturas anteriores en la lucha por el matrimonio igualitario, México Igualitario presentará el tema a la próxima legislatura del Congreso de Tamaulipas, buscando la aprobación del cambio de identidad. “Ni el PAN, siendo mayoría, abordó la reforma del Código Civil, ni MORENA lo ha hecho.
Falta capacidad en los diputados y diputadas”, criticó Espinoza. El matrimonio igualitario fue aprobado gracias a las demandas judiciales, no por una legislatura.
“Fueron obligados, de lo contrario, la Suprema Corte los hubiera forzado. Tamaulipas fue el último estado en aprobarlo”, recordó. Mientras que en otras entidades se aprovechó para legislar el cambio de identidad, en Tamaulipas siguen violándose los derechos a la identidad.
El Registro Civil establece que es necesario realizar un juicio, y cada persona interesada en el cambio de identidad debe contar con el apoyo de un abogado. Silvia Valladares, directora de oficialías, comentó que algunos miembros de la comunidad LGBT recurren a la Ciudad de México para realizar los trámites, aunque también se pueden hacer de manera local.
La credencial de elector, el documento oficial más solicitado como identificación, no tiene problema alguno para realizar el cambio de identidad que soliciten las personas. José de Jesús Arredondo Cortez, vocal del Registro Federal de Electores (RFE), comentó que existen tres razones principales para hacer cambios en las credenciales.
Uno de los casos es si la persona requiere corrección en sus datos personales (por posible error de captura o corrección de acta) debe presentar su acta de nacimiento en original con los datos correctos, identificación con fotografía en la que los datos correspondan con su acta de nacimiento y comprobante de domicilio.
En el caso de identidad de género ( de persona Trans), si esta solicita se le identifique en la Credencial para Votar acorde a su Identidad de Género (M u H) sin presentar su documento de Identidad, lo debe mencionar en el Módulo de Atención Ciudadana para que dicho dato aparezca en su credencial, además debe firmar el Acta de Solicitud de CPV acorde a la Identidad de Género “M” o “H”, con la finalidad de confirmar que su Credencial se generará con este dato.
El otro es el documento de Identidad con dato de persona No Binaria, en este si la persona solicita se le identifique en la Credencial para Votar como No Binario, puede o no presentar su acta de nacimiento con su género de identidad No Binario, acude al Módulo y solicita dicho trámite.
POR NORA ALICIA HERNÁNDEZ HERRERA