MÉXICO, D.F .- El juez quinto en materia penal de Jalisco determinó que Angélica Fuentes Téllez no puede ostentarse como directora general, apoderada o representante de Omnilife-Chivas ni ingresar a los domicilios de la empresa o emitir comunicados a bancos o proveedores, anunció el despacho que representa a Jorge Vergara en la disputa con su aún esposa.
En caso de que Fuentes Téllez haga caso omiso a esta orden será sancionada penalmente, dijo Víctor Peña, del despacho Peña Briseño, Peña Barba y Palomino Abogados, mediante un comunicado.
Esta orden es del conocimiento de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) y otras instituciones, con el fin de que sean sorprendidas, añadió.
Según el despacho, el juez quinto en materia mercantil del Primer Partido Judicial del Estado de Jalisco ordenó la vigencia de las asambleas de accionistas celebradas el 3 de abril en las cuales se removió a Angélica Fuentes de cualquier cargo de la empresa Omnilife-Chivas.
Además, decretó dejar sin efectos las asambleas del 6 de febrero con las que Fuentes pretendía justificar su cargo de directora general.
La resolución ordena, además, la vigencia de los efectos de la remoción de todos los cargos y revocación de poderes que tenían los señores Ramón García Hernández, Sergio Palacios López, José Luis Cuéllar Ramírez, María del Rosario Benítez Pérez y Manuel Gerardo Ponce Lerma.
«La resolución judicial ordena que Angélica Fuentes Téllez se abstenga de enviar o emitir cualquier tipo de comunicado a instituciones como bancos, organizaciones auxiliares de crédito, proveedores o terceros pretendiendo ostentarse como directora general o representante de las empresas del Grupo.
«También se ordena judicialmente que se abstenga de ingresar, comparecer o tomar posesión de cualquiera de los domicilios principales, matrices, sucursales o agencias de las empresas del grupo, así como realizar por sí o por interpósita persona cualquier acto que pudiera ser perjudicial para estas empresas», dice el comunicado.
La nueva resolución reitera estas prohibiciones en tanto se resuelve la nulidad de los actos jurídicos realizados por ella.




