ALTAMIRA, Tamaulipas.- Los proyectos de expansión del puerto de Altamira provocarán que se restrinja el acceso a Playa Tesoro; sin embargo, ahora permitirán el acceso a un pequeño tramo de costa en Playa Dunas donde sólo podrán instalarse 10 palapas.
La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) autorizó al municipio de Altamira la utilización, sólo para uso recreativo, de una superficie de 53 mil 985 metros cuadrados de playa, donde no podrá haber desarrollos turísticos.
De esta forma, Altamira seguirá teniendo playa, aunque se suspenda el acceso a Playa Tesoro que se encuentra en terrenos de la Administración Portuaria Integral (API).
El acuerdo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el pasado 8 de diciembre, refiere que se destina al servicio del ayuntamiento de Altamira una superficie «de zona federal marítimo terrestre, ubicada en Playa Dunas (…) para uso de Club de Playa, con instalación de 10 palapas con piso de arena, sin cimentación y carteles informativos en las áreas de arribazón de la tortuga marina”.
El documento detalla que el 25 de febrero de 2014, la administración local, hizo la solicitud para que le destinaran la superficie descrita. Mediante el oficio No. 53/2014, la Secretaría de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente emitió constancia que acredita la compatibilidad del uso de suelo para la solicitud realizada.
La Dirección General de Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros, mediante las opiniones técnicas No.SGPA-DGZFMTAC-DMIAC-328/15 del 17 de marzo de 2015, de la Dirección de Manejo Integral de Ambientes Costeros y No.SGPA-DGZFMTAC-DDPIF-052/15 de fecha 15 de abril de 2015, de la Dirección de Delimitación, Padrón e Instrumentos Fiscales, determinó que la solicitud realizada por el ayuntamiento, cumple técnica y ambientalmente con los requerimientos establecidos en la normatividad vigente.
El acuerdo que entró en vigor una vez publicado en el diario oficial de la federación, establece algunas restricciones, entre las que se encuentra, que la nivelación del terreno deberá de realizarse únicamente en las áreas donde se instalen las palapas y evitar la remoción de la vegetación existente en la duna costera, y el aplanado de la misma.
En el dictamen técnico No. 010/2014 de fecha 19 de marzo de 2014, emitido por la Unidad Administrativa de Zona Federal en el Estado de Tamaulipas, en la superficie solicitada se localiza una zona de anidación de tortugas marinas, por lo que se deberá observar lo establecido en la NOM 162 SEMARNAT 2012:
En el caso de presencia de tortuga marina avisar a los responsables del programa de protección de tortugas marinas en el Estado de Tamaulipas, manteniendo el espacio libre y alejando a los paseantes hasta en tanto se presente el personal capacitado para el manejo de estas especies.
Los carteles que se instalen en zona de anidación de tortugas, deberán contener las indicaciones para la protección de esta especie y los teléfonos de los responsables del programa de protección de la tortuga en el Estado de Tamaulipas.
Asimismo el acuerdo únicamente confiere al ayuntamiento, el derecho de usar la superficie destinada al cumplimiento del objeto, no transmite la propiedad ni crea derecho real alguno a favor del destinatario.
La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en cualquier momento podrá delimitar nuevamente la zona federal marítimo terrestre. En caso de que el gobierno, diera a la superficie un aprovechamiento distinto al previsto, sin la previa autorización de la Semarnat se retirará de su servicio para ser administrado por esta última.