6 diciembre, 2025

6 diciembre, 2025

Irán a prisión gasolineros que abusen

A partir del martes se aplica la nueva ley que contempla pena corporal de tres a seis años de prisión a propietarios de gasolineras y gaseras que vendan litros o kilos incompletos; los hechos se investigarán de oficio

CIUDAD VICTORIA, Tamaulipas.- Los propietarios de gasolineras que no vendan litros completos, podrán ser encarcelados, al entrar en vigor la Ley Federal para Prevenir y Sancionar Delitos cometidos en Materia de Hidrocarburos que se aplica a partir del martes pasado.

En el último recurrido de verificación que realizó la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) en Tamaulipas, en el mes de octubre del año pasado fueron 28 las estaciones de servicio que fueron sancionadas por vender litros incompletos o por no aceptar ser verificadas.

A partir del martes 12 de enero, fecha cuando se publicó la ley que busca prevenir y sancionar el robo de combustibles, la pena por la venta de litros incompletos será de tres a seis años de prisión y una multa de tres mil a seis mil salarios mínimos (entre 219 mil a 438 mil pesos, de acuerdo al artículo 16 de la nueva ley.

El margen de tolerancia por la venta de litros incompletos es de un rango de 1.5 por ciento, es decir que por la venta de 100 pesos de gasolina Magna, el comprador puede recibir entre dos y 2.5 pesos menos sin que ello represente una sanción al expendedor.

En Ciudad Victoria, fueron seis las estaciones de servicio en las que se detectaron bombas que no vendan litros completos, tal es el caso de la que lleva por nombre Comercial Modelo, S.A. de C.V. donde se inmovilizaron cinco bombas.

Las sanciones de cárcel para quien venda litros incompletos también contempla a expendedores de gas de petróleo o de gas natural, con un margen de tolerancia mayor de tres por ciento de perdida para el consumidor.

El artículo cuarto de la ley que rige la venta de combustibles, marca que los delitos son investigados de oficio por parte del Ministerio Público de la Federación que podría solicitar prisión como medida cautelar.

Otro de los delitos que se clasificaron en la nueva ley son los de sustracción y aprovechamiento ilegal de hidrocarburos, el cual tendrá una pena de 15 a 25 años de prisión, así como la compra, resguardo o alteración de los combustibles con dos a 15 años de presión.

Para los propietarios de inmuebles donde se vendan, alteren o sustraigan de manera ilegal los combustibles, pasarán por un proceso de extinción de dominio, lo que significa que perderán la propiedad del mismo y pasarán al Sistema de Enajenación de Bienes, esto de acuerdo al artículo 13 de esta ley.

La Profeco, es actualmente la autoridad encargada de realizar las visitas de verificación a gasolineras y gaseras de todo el país, acción que se realiza de manera aleatoria con visita de personal de la Ciudad de México.

Las acciones de verificación que realiza la Profeco son; la acreditación documental, calidad de combustibles, las fallas hidráulicas en las bombas, deficiencia en la calibración de las bombas, el precio y la seguridad de las instalaciones, donde la mayor parte de las sanciones son por no expender litros completos.

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