15 diciembre, 2025

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Tribunal Electoral de Tamaulipas resuelve seis impugnaciones

Son relativos al registro de planillas para participar en la elección de ayuntamientos en diversos municipios de la entidad

CIUDAD VICTORIA, Tamaulipas.- El Pleno del Tribunal Electoral del Estado resolvió seis medios de impugnación relativos al registro de planillas para participar en la elección de ayuntamientos en diversos municipios de la entidad.

Al resolver el recurso de apelación TE-RAP-19/2016 presentado por el Partido Acción Nacional (PAN) contra el registro de las planillas de candidatos presentadas por la coalición PRI-Verde Ecologista y Nueva Alianza para el Ayuntamiento de Tampico, el Pleno determinó desechar el medio de impugnación en virtud de que el partido apelante no planteó hechos o agravios para desacreditar la elegibilidad de los candidatos registrados, sino que presentó argumentos en contra de la integración de la coalición, lo cual se impugnó en otro momento y fue resuelto por éste Tribunal y fue confirmado por la Sala Regional Monterrey.

Por otra parte, el recurso de apelación TE-RAP-21/2015 fue interpuesto por el Partido Movimiento Ciudadano PMC contra el registro de Migdalia López Hinojosa, Javier Garza Faz y María Elena Blanco Chávez, como candidatos suplente a Presidente Municipal y propietarios a Primer y Decimo Regidor en la planilla postulada por el PAN para el Ayuntamiento de Reynosa, Tamaulipas por considerar que no cumplían con el requisito de separarse de sus cargos de servidores públicos.

El Pleno del Tribunal declaró que en el caso de Javier Garza Faz y María Elena Blanco Chávez ( asesor y gestora, respectivamente), éstos no ejercen atribuciones de dirección, inspección, vigilancia, auditoria o cualquier otra que les confieran ejercicio de autoridad y realizan sólo cuestiones operativas por lo que no tienen la obligación de separarse de su cargo en el plazo establecido en la normativa electoral.

Los magistrados, atendiendo a distintos criterios de la Sala Superior del TEPJF, señalaron que esta causa de inelegibilidad no se circunscribe a todos los servidores públicos, sino única y exclusivamente a aquellos que por sus atribuciones realizan funciones de mando o autoridad y que por esa sola calidad, esté en aptitud de influir en el desarrollo y resultado de una contienda electoral, razón por la cual fueron confirmados sus registros como candidatos.

En el caso de la ciudadana Migdalia López Hinojosa, la parte únicamente ofreció una nota periodística, la cual no es suficiente para generar certeza y convicción a esta autoridad de que ostenta algún cargo público, pues se limita a mencionar los hechos de la supuesta irregularidad sin acreditar de manera fehaciente e idónea las circunstancias de modo, tiempo y lugar, en las que supuestamente ostente el cargo de Coordinadora de la Comisión Nacional de Derechos Humanos.

En cuanto al recurso ciudadano TE-RDC-27/2016 presentado en contra del registro de la planilla de candidatos a los cargos de presidente municipal, síndicos y regidores del PAN en el municipio de Tampico, Tamaulipas al considerar que fue vulnerado con dicho registro su derecho a ser votado, los magistrados encontraron al realizar el estudio de fondo que el actor fue propuesto para integrar la planilla como candidato a Segundo Regidor Suplente y aprobado como tal por la Comisión Nacional Permanente de su partido.

Sin embargo, al momento de presentar la solicitud de registro ante la autoridad correspondiente se contempló a una persona distinta al ciudadano designado, por lo cual fueron considerados fundados los agravios y en la voluntad de potenciar y restituir sus derechos político electorales se ordenó al Consejo Municipal del IETAM de Tampico realizar su registro como candidato a Segundo Regidor Suplente.

Por último, los recursos ciudadanos TE-RDC-28/2016, TE-RDC-29/2016 y TE-RDC- 30/2016 presentados por Guillermo Santillán Reyes, José de Jesús Cantú Dávila y María Luisa Tavares Saldaña respectivamente, en contra de la designación de los candidatos del PAN a los cargos de presidente municipal, síndicos y regidores, en el Estado de Tamaulipas fueron desechados por ser extemporáneos.

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