CIUDAD VICTORIA, Tamaulipas.- Los municipios de Tamaulipas no han publicado en Internet la información relativa a sus declaraciones patrimoniales iniciales ni del manejo presupuestal al último trimestre de 2016.
Tampoco se encuentran las declaraciones finales de los funcionarios que dejaron el cargo el pasado 30 de septiembre.
“Quedará sin efecto el nombramiento respectivo, previa declaración del órgano a cargo de llevar el registro correspondiente”, según el párrafo segundo del Artículo 81 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Tamaulipas.
El mismo artículo en su primer párrafo, señala que la declaración inicial “de situación patrimonial deberá presentarse dentro de los sesenta días naturales siguientes a la toma de posesión”, y agrega que la Contraloría debe dictar las reglas para que esta declaración se haga y se responsabiliza del cumplimiento.
Aunque la declaración citada en la Ley General de Responsabilidades Administrativas, también conocida como Ley 3de3, será obligatoria hasta el 18 de julio de este 2017, el gobernador Francisco García Cabeza de Vaca hizo públicas su declaración patrimonial, fiscal y de intereses en la página del IMCO o Instituto Mexicano de Competitividad.
En la página de Transparencia de los municipios no hay información sobre manejo contable actualizado, lo cual a esta altura ya es responsabilidad tanto de las Unidades de Transparencias, los presidentes municipales, los directores de organismos públicos independientes y autónomos y del Instituto de Transparencia y Acceso a la Información de Tamaulipas.
En cuanto a la Declaración Patrimonial Inicial, inexistente en todos los portales municipales, Ciudad Madero se excusa argumentando que “desde el 1 de octubre de 2016 no se cuenta con la autorización de los sujetos obligados para publicar sus declaraciones patrimoniales”, lo cual es erróneo.
Los preceptos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas estarán vigentes hasta el 18 de julio próximo y mientras tanto no han sido relevados los deberes impuestos por la legislación estatal.
“En tanto entra en vigor la Ley a que se refiere el presente Transitorio, continuará aplicándose la legislación en materia de Responsabilidades Administrativas, en el ámbito federal y de las entidades federativas, que se encuentre vigente a la fecha de entrada en vigor del presente Decreto”, dice el párrafo segundo del Artículo Tercero Transitorio del decreto de la 3de3.
Según la ley vigente, que es la estatal, quienes tienen el deber de rendir ambas declaraciones, según el caso, son los ministros del Poder Judicial, los diputados de la actual y la anterior legislatura; todos los funcionarios, desde el nivel de Subjefes de Departamentos hasta el Gobernador; igualmente los presidentes municipales, regidores, síndicos, secretario y tesorero del ayuntamiento, así como los que manejan inversiones públicas.
“Asimismo, deberán presentar las declaraciones referidas en este precepto los demás servidores públicos que acuerde el Ejecutivo del Estado en el
ámbito de su competencia por conducto de la Contraloría Gubernamental o a la Procuraduría General de Justicia, mediante disposiciones generales
motivadas y fundadas”, dice el Artículo 80 la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado.