MÉXICO. Un juzgado federal ordenó al Registro Civil de Michoacán reconocer la maternidad dual a dos mujeres para poder así registrar a sus menores hijas, ya que una aportó el óvulo y la otra tiene este derecho por razón del alumbramiento.
El juez Rodrigo Torres Padilla, titular del Juzgado Noveno de Distrito en Michoacán ordenó al titular del Registro Civil inaplicar los artículos 49, 51 y 345 del Código Familiar de la entidad, por resultar inconstitucionales y vulnerar el derecho de igualdad de las quejosas, ya que la normatividad estatal no les reconoce el derecho de maternidad a ambas, ni el derecho a la identidad biológica de las menores.
“En protección al interés superior de las niñas y de los derechos humanos a la identidad biológica, a la salud, a la igualdad y no discriminación se concede la protección de la justicia federal a fin de que el Registro Civil de Michoacán les reconozca la doble maternidad al momento de registrarlas”, expuso el juzgador.
Y es que las quejosas recurrieron a un tratamiento de reproducción asistida, en el que una aportó el óvulo que fue fecundado mediante el procedimiento de reproducción asistida in vitro, que posteriormente fue implantado en el vientre de la otra mujer, proceso del cual nacieron dos niñas, a las que intentaron registrar con una maternidad dual.
De diversa documentación aportada se desprende que la quejosa donante del óvulo debía aparecer como madre en el acta de nacimiento de las menores o, en todo caso, que su apellido debía insertase en primer lugar como si fuera el padre, situación que no fue admitida por el director del Registro Civil de Michoacán, argumentando que en este caso el padre es el donante anónimo.
Con informacion de Excelsior.