CIUDAD VICTORIA, TAMAULIPAS.- Tamaulipas castigará a los concesionarios del transportes público cuando los choferes, “discriminen, ejerzan violencia física o psicológica” y además prohiban el acceso a médicos o estudiantes de medicinas que utilicen ese servicio.
La medida de ser aprobada, contempla aumentar hasta una mitad más, el costo de la infracción e incluso llegar a la revocación de las concesiones del transporte público, dijo Patricia Palacios, Diputada Local.
Esta iniciativa, que propuso la fracción del PAN, es parte de un paquete de medidas preventivas que ha emprendido el Congreso del Estado para respaldar y proteger al personal médico.
“Lamentablemente tenemos conocimiento que el personal médico no solo ha sido víctima de eventuales agresiones físicas, sino que existen reiteradas quejas que han sido rechazados y se les ha negado servicio de transporte público por algunos operadores de taxis y microbuses”.
“Por ello es preciso tomar medidas drásticas, ya que ese tipo de situaciones no deben consentirse y se deben castigar con una sanción severa, pues el daño que ocasionan es muy grande”.
Explicó que la sanción se aplicará cuando los operadores discriminen, ejerzan violencia física o psicológica, prohíban o nieguen el servicio de transporte a médicos, enfermeras, estudiantes de medicina y a todas aquellas personas que se dediquen a la atención de la salud en hospitales, clínicas o cualquier lugar donde presten servicios médicos.
Aunado a ello, dijo que estas medidas tendrán efecto en este momento que se esta atravesando debido a un pandemia, epidemia o cualquier otra situación o riesgo grave de carácter sanitario que afecte la salud y la vida de las personas.
Ahora, el párrafo que se adiciona a la fracción IV del artículo 119 de la Ley de Transporte del Estado de Tamaulipas señala:
“Se aumentará hasta una mitad más de la multa, cuando las infracciones antes descritas se cometan en perjuicio de persona o personas que presten un servicio de salud, a partir de la emisión de medidas de seguridad por parte de la autoridad sanitaria ante casos de pandemia, epidemia o de cualquier otra situación, contingencia o riesgo grave de carácter sanitario que afecten la salud y la vida de las personas y hasta que se declare formalmente que han concluido sus efectos.
No se aplicará esta sanción en el supuesto que las medidas de seguridad de la autoridad sanitaria antes señaladas, establezcan la suspensión o restricción del servicio de transporte público”.