La acción ciudadana de las mujeres ha hecho posible el cambio a un mundo más igualitario, aunque a veces se atoran los procesos y se siente que se avanza a paso lento, en los últimos años el activismo intenso de las feministas ha logrado que las mexicanas tengamos más derechos como el acceso la educación, al voto, la paridad política, más inclusión en el terreno laboral, y una Ley para una Vida Libre de Violencia (que aún tiene muchas aristas por enmendar), en la CDMX y Oaxaca el derecho al aborto y ahora, en casi todo el país la Ley Olympia.
Aunque un poco tarde, Tamaulipas aprueba la ley contra el Ciberacoso, pero no debemos olvidar que surge de la iniciativa de Olympia en Puebla y que entre el 2018 y 2019 ya la había aprobado 22 estados del país. Con Quintana Roo y Jalisco que apenas la aprobaron este año, nuestra entidad se convierte en la número 25 de la lista de Congresos Estatales que ya castigan la violencia digital.
Cuando la propuesta ciudadana por fin entró al análisis en legislativo local, hubo colectivas feministas que alertaron sobre disparidades y penas bajas, lo que hacía prever que no atendía el marco de derecho promovido por Olympia, pero se lograron las enmiendas y ya está aquí, ya es ley.
Ante esto, las integrantes del Frente Feminista Tamaulipeco apuntan en su pared del Facebook que “Las reformas al Código Penal de Tamaulipas en materia de violencia digital y la adición a la Ley para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres, fueron gracias a las compañeras feministas tamaulipecas, al Frente Nacional para la Sororidad y a todas las compañeras feministas del país.”
Son una causa netamente feminista. Que no se nos olvide. Lo que sigue, es socializar la ley para que todo mundo la conozca y que se aplique sin dejar impunes casos que laceran tanto a las mujeres. ¿Cómo se castigará el Ciberacoso y la violencia digital en Tamaulipas? Desde que es ley, queda establecido que “comete el delito de Ciberacoso quien hostigue o amenace por medio de las Tecnologías de la Información y Comunicación, tales como redes sociales, mensajería instantánea, correo electrónico o cualquier otro medio digital y cause un daño en la dignidad personal o afecte la paz o seguridad de las personas, mediante el envío de mensajes de texto, videos, impresiones, gráficas, sonoras o fotografías”.
Las penas para quien cometa este ilícito van desde cinco años de prisión y multa de hasta 86 mil 880 pesos. Importante resulta el punto sobre la incorporación, como delito, de la violación a la intimidad, está la cometerá la persona que revele, difunda, publique o exhiba, igualmente en correo electrónico, mensajes telefónicos, redes sociales o cualquier otro medio, imágenes, audio o video de contenido íntimo, erótico o sexual de una persona, sin contar con el consentimiento de la víctima.
Aquí las penas serán de hasta ocho años de prisión y multas de hasta un millón 737 mil 600 pesos, que podrían aumentar hasta los 11 años de prisión, si el sujeto pasivo es menor de edad o existan relación familiar o sentimental con la víctima.
En tanto que se tipificó también la violencia digital, que es cualquier acto “que se presenta a través de las tecnologías de la información y comunicación, mediante la divulgación sin consentimiento”, a través de textos, audios, videos o impresiones gráficas de contenido erótico o sugerentemente sexual, verdaderas o alteradas, propias o de otra personas que causen daño y perjuicio y atenten contra la integridad y dignidad. Con este nuevo marco legal se pueden castigar las nuevas formas delictivas que tenían gran vacío jurídico, ahora lo que se necesita es incentivar la denuncia y la aplicación de la ley a cabalidad. México es un país de leyes, pero también un lugar donde menos se castigan los delitos contra la mujer.