CIUDAD VICTORIA, TAMAULIPAS.- Los delitos de ciberacoso, difusión de material íntimo por cualquier medio digital ya son sancionados de acuerdo a la reforma legal que se realizó en Tamaulipas.
Luego que se publicó en el periódico oficial del Gobierno Estatal el decreto número LXIV-157 dónde incluye dos capítulos relativos a “Violación a la Intimidad” y un segundo que castiga el ”Ciberacoso”.
En el primer agregado, refiere en el artículo 276 las sanciones que puede ser sujeto quien viole la intimidad de una víctima (mujer u hombre) por difundir material íntimo, erótico o sexual.
Hasta 11 años de prisión y multas de hasta un millón 737 mil 600 pesos es con lo cual se castigará a todo aquel que infrinja esa nueva ley.
“Comete el delito de Violación a la Intimidad quién revele, difunda, publique o exhiba a través de correo electrónico, mensajes telefónicos, redes sociales o cualquier otro medio, imágenes, audio o vídeo de contenido íntimo, erótico o sexual de una persona sin consentimiento de la víctima”, detalla el artículo 276.
Establece en el siguiente párrafo que “al responsable del delito de Violación de la intimidad, se le impondrá una pena de cuatro a ocho años de prisión y multas de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA)”.
Sobre el decreto del ciberacoso detalla el artículo 390 que quien amenace u hostigue vía Nueva tecnologías, está incurriendo en el delito antes citado, pudiendo ser castigado hasta con tres años de prisión o sufrir multa hasta por 86 mil 880 pesos.
Provocar daño a la dignidad personal, su paz o tranquilidad de personas a través de redes sociales o medios digitales, cometería ciberacoso.
Fue el pasado 22 de octubre cuando en sesión pública del Congreso del Estado se votó por mayoría aprobar reformas a esos artículos, donde la Violación a la Intimidad es también conocido como “Ley Olimpia”.
Por Antonio H. Mandujano