En el mes de abril se conmemora los derechos fundamentales de la infancia en México, por lo hoy es inevitable visibilizar la necesidad de protección en un mundo que gira enfrente de una pantalla, especialmente frente al diseño del algoritmo en plataformas como Meta que provocan adicción digital, así como la insuficiencia de herramientas para restringir su acceso en edades tempranas. El interés superior del menor no solo debe contemplarse en el formato físico sino también en el virtual.
No es la primera vez que Mark Zuckerberg se encuentra en juicio, pues en el 2018 sucedió el escándalo de Cambridge Analytica debido a que los datos personales de millones de usuarios de Facebook fueron utilizados de manera indebida, vulnerando su privacidad, y permitiendo la manipulación política para influir en la toma de decisión del voto electoral a favor de cierto candidato. Ahora en el 2026, la historia se repite pero lejos del sesgo político, se encuentra en las infancias digitales.
En febrero del presente año, Zuckerberg se presentó a testificar ante el tribunal de California por el caso de una mujer que demandó a Meta y a Youtube al afirmar que le generaron adicción a los 6 años, esto le provocó daños en su salud mental. El caso nos obliga a observar la responsabilidad de las empresas en el diseño de los algoritmos, ya que están creadas para el scroll infinito, reproducción automática de contenido y a recibir constantemente notificaciones.
Lo anterior genera una descarga de dopamina en el cerebro cada vez que el usuario entra a sus redes sociales, convirtiéndo el doomscrolling o desplazamiento compulsivo en un ciclo de dependencia, es por ello que la Organización Mundial de la Salud lo considera como una adicción, en el 2024 advirtió que los menores de edad pueden experimentar el síndrome de abstinencia ante la ausencia de estas plataformas.
En una visión internacional, a finales del año pasado el Parlamento Europeo aprobó fijar los 16 años como edad mínima para el acceso a las plataformas digitales incluyendo restricciones en el diseño de estas, en esa línea Francia y España avanzan en la regulación. Respecto a México se han presentado iniciativas para reformar la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, sin embargo la protección de las infancias en el entorno digital sigue siendo un tema pendiente que no encuentra fecha en la agenda legislativa.
Si bien México cuenta con legislaciones que protegen los datos personales en el sector público y privado, así con la “nueva” Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión su alcance en materia de protección a la infancia digital es insuficiente, puesto que el alcance de la LMTR salvaguarda a la infancia frente a la televisión o la radio, no frente al algoritmo, por otro lado, define a las plataformas digitales reconociéndose como parte del ecosistema de telecomunicaciones pero no les impone ninguna obligación en materia de diseño seguro. Por ello, el reto es la actualización de la legislación en México para garantizar el interés superior de la niñez en los entornos tecnológicos que hoy moldean su vida cotidiana.
Abogada especializada en Derecho Digital.
www.clickandlaw.com
@click.and.law




