Por Staff
Expreso-La Razón
La reforma constitucional al artículo 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que establece un tope a las pensiones y jubilaciones de ex trabajadores de confianza de organismos y empresas públicas, desató una oleada de recursos judiciales.
A la espera de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, se abre una nueva etapa: la de los recursos legales, las movilizaciones y la resistencia organizada de cientos de jubilados en Tamaulipas.
La norma aprobada limita a la mitad de la remuneración de la Presidenta de la República —equivalente a aproximadamente 67 mil a 70 mil pesos mensuales— el monto máximo que podrán percibir quienes se retiraron bajo esquemas de pensión pactados individualmente, en muchos casos tras décadas de servicio. El artículo transitorio que ordena aplicar la reforma de manera retroactiva a pensiones ya otorgadas es el punto más controvertido, el que ha encendido la alarma entre juristas, organizaciones sindicales y los propios jubilados.
En el sur de Tamaulipas y la frontera, la Unión Nacional de Técnicos y Profesionistas Petroleros (UNTyPP) calcula que alrededor de mil de sus afiliados se verán directamente afectados.
Qué dice la reforma
La reforma modifica el artículo 127 constitucional para establecer que los ex trabajadores de confianza de organismos y empresas públicas, así como de la banca de desarrollo, no podrán recibir jubilaciones o pensiones superiores al cincuenta por ciento de la remuneración de la titular del Ejecutivo federal. El ajuste exúenta de ese límite a las Fuerzas Armadas, a los haberes de retiro vigentes de ex ministros de la Corte y a las pensiones constituidas con aportaciones voluntarias a sistemas de ahorro para el retiro.
El artículo transitorio —el que ha generado mayor controversia legal— ordena que las modificaciones sean aplicables a las jubilaciones y pensiones otorgadas con anterioridad a la entrada en vigor de la reforma. Es decir, quien ya tenía reconocida y vigente su pensión al momento de la publicación en el Diario Oficial, verá reducido su ingreso si éste supera el techo fijado.
Uno de los vacíos más señalados por los afectados es la falta de criterios claros para definir quién califica como personal de confianza.
Silvia Ramos Luna, integrante del comité de vigilancia y fiscalización de la UNTyPP, advirtió que no habrá certeza plena sobre la delimitación del universo afectado hasta que se publique el decreto en el Diario Oficial. Ese vacío interpretativo, sostuvo, es en sí mismo una fuente de inseguridad jurídica.
“No estamos de acuerdo con las pensiones doradas. Nadie debe ganar más que la presidenta, en eso estamos de acuerdo. Pero la reforma no distingue entre quienes obtuvieron pensiones mediante abusos y quienes simplemente cumplieron con años de servicio bajo las reglas establecidas.”, expresó.
El otro flanco de la controversia es la retroactividad.
El artículo 14 constitucional prohíbe que las leyes sean aplicadas de manera retroactiva en perjuicio de persona alguna. Los trabajadores afectados y sus representantes legales consideran que el artículo transitorio vulnera directamente este principio, y que hacerlo a través de una reforma constitucional no neutraliza la violación: convierte un mecanismo excepcional de cambio normativo en un instrumento para desconocer derechos adquiridos de manera individual.
La batalla jurídica
La primera pregunta que los jubilados y sus asesores legales debieron responder es cuál es el recurso procedente. La respuesta no es sencilla. La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha establecido de manera reiterada que las modificaciones a la Constitución no son susceptibles de impugnación mediante amparo, al ser la Carta Magna la norma suprema del ordenamiento jurídico.
Esto no clausura todas las vías, pero sí obliga a los afectados a explorar caminos más complejos y con menor precedente en la jurisprudencia mexicana. La estrategia contempla acciones en dos frentes: el derecho internacional y la impugnación del acto de aplicación individual.
La línea de acción jurídica de mayor alcance que han anunciado las organizaciones de jubilados pasa por el sistema interamericano de derechos humanos.
Diez asociaciones de jubilados de confianza de Pemex, provenientes de Veracruz, Tamaulipas, Poza Rica, Puebla, Querétaro, Ciudad de México, Monterrey, Salamanca y organismos como Fujipe y Frapecoju, ya señalaron en una carta abierta que la medida contraviene la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos —obligatoria para el Estado mexicano— y el artículo 26 de la Convención Americana, que prohíbe adoptar medidas que reduzcan el nivel de protección ya alcanzado en materia de derechos económicos y sociales. Este principio, conocido como no regresividad, es el núcleo jurídico del argumento.
La no regresividad en materia de derechos sociales implica que, una vez que el Estado ha reconocido un derecho económico o social —como una pensión pactada y vigente—, no puede adoptar medidas deliberadas que impliquen un retroceso en su nivel de protección sin una justificación suficiente. La mera voluntad legislativa no basta: se exige demostrar que la medida es necesaria, proporcional y que no existe alternativa menos lesiva.
UN PRECEDENTE RIESGOSO
La crítica al diseño jurídico de la reforma no proviene únicamente de los trabajadores directamente afectados. El Consejo General de la Abogacía Mexicana, que agrupa a colegios y asociaciones de abogados del país, emitió un posicionamiento en el que advierte que la aplicación retroactiva de la norma vulnera la seguridad jurídica y el principio de no regresividad de los derechos sociales.
El organismo señaló que el artículo segundo transitorio del dictamen —el que ordena ajustar las pensiones ya otorgadas y vigentes al nuevo límite— viola el artículo 14 constitucional que prohíbe aplicar leyes retroactivamente en perjuicio de las personas. El Consejo sostiene que una reforma constitucional no es el instrumento idóneo para resolver situaciones individuales de irregularidad o enriquecimiento indebido. Si hubo funcionarios que se adjudicaron pensiones de manera ilegal o abusiva, el camino correcto es la revisión caso por caso mediante los mecanismos legales existentes, respetando el debido proceso.
Usar una reforma constitucional de aplicación general para resolver casos particulares es, en palabras del Consejo de la Abogacía, sentar un “precedente riesgoso” cuyo alcance trasciende a la propia reforma.
Este argumento apunta a una distinción que los propios jubilados han enfatizado reiteradamente: la diferencia entre quienes obtuvieron pensiones de manera irregular —exdirectivos o funcionarios de confianza que, tras breves estancias en cargos públicos, se adjudicaron montos millonarios— y quienes construyeron su retiro a lo largo de tres o cuatro décadas de trabajo técnico, operativo o profesional en las empresas del Estado.
EL FRENTE NACIONAL Y LA MOVILIZACIÓN ORGANIZADA
Diversas organizaciones sindicales y de jubilados acordaron la creación del Frente Nacional en Defensa de las Jubilaciones y Pensiones, con el propósito de articular esfuerzos en los planos legal, político y de movilización social. Forman parte de este frente el Sindicato Mexicano de Electricistas, la UNTyPP, la Confederación de Jubilados, Pensionados y Adultos Mayores de la República Mexicana, así como representantes de jubilados de Pemex y CFE.
La estrategia del Frente contempla movilizaciones el día 11 de cada mes para visibilizar sus demandas ante la opinión pública y las instituciones. En Monterrey, más de 60 jubilados salieron a las calles del Centro para protestar ante Palacio de Gobierno y el Congreso local. Fausto Rosas, representante de jubilados de Pemex en Nuevo León, estimó que en ese estado más de 500 adultos mayores se verán afectados, y subrayó que sus jubilaciones son, en todos los casos, legales, transparentes y auditables.
En el plano político, el Frente acordó solicitar formalmente a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno información sobre los salarios de altos funcionarios públicos —gobernadores, legisladores, secretarios de Estado— como parte de un ejercicio de contraste que busca evidenciar las asimetrías en la aplicación del principio de austeridad. Adicionalmente, impulsará una propuesta para incrementar la carga fiscal a las grandes fortunas del país, con el argumento de fortalecer los recursos destinados a la seguridad social.




