El padrón sindical “rasurado” ha sido uno de los principales reclamos de quienes han contendido por alguna dirigencia Seccional del Sindicato Nacional de Trabajadores del Estado (SNTE), en diferentes entidades del país. Tamaulipas no ha sido la excepción. La falta de transparencia en su integración, actualización, así como en los procedimientos extraordinarios para registros de última hora, han sido temas muy controvertidos en elecciones pasadas.
Si bien, el Comité Ejecutivo Nacional es la instancia facultada para emitir la convocatoria para el proceso electivo de la Sección 30 del SNTE, de facto, los actos desplegados por aspirantes como Enrique Meléndez, Abelardo Ibarra Villanueva y Naif José Hamscho Ibarra han dado ya el banderazo de salida que ni la actual dirigencia no ha podido detener, lo que ha movido a la base sindical que demanda respeto a los tiempos y reglas del proceso electoral magisterial.
Precisamente porque la elección ya se encuentra en marcha, resulta pertinente revisar desde ahora si existen las condiciones para garantizar un proceso transparente y con certeza jurídica. Si bien la Convocatoria debe emitirse y difundirse cuando menos con 15 días de anticipación a la celebración de la Asamblea Delegacional Electiva, es decir, hacia finales del próximo mes de noviembre; desde ahora resulta oportuno analizar si las irregularidades denunciadas en procesos anteriores, particularmente las relacionadas con el llamado «padrón sindical rasurado», han sido atendidas y corregidas.
El artículo 40 del Reglamento establece que el padrón o relación de votantes actualizado para cada elección debe ser entregado por el Comité Ejecutivo Seccional correspondiente al Comité Ejecutivo Nacional, es decir, el maestro Arnulfo es el responsable de entregar el documento al titular del Comité Ejecutivo Nacional, Alfonso Cepeda Salas,
El mismo precepto dispone que dicho padrón debe difundirse entre los miembros de la sección, cuando menos con tres días de anticipación a la elección, en la página web oficial de la Sección Sindical correspondiente. Asimismo, se debe entregar a los presidentes de las Asambleas Delegacionales Electivas el padrón correspondiente a cada Delegación o Centro de Trabajo que conformen la Asamblea Delegacional Electiva, con el propósito de garantizar certeza sobre quiénes tienen derecho a votar.
Sin embargo, diversas fuentes sindicales advierten que el padrón presenta inconsistencias relevantes como la exclusión del personal administrativo, técnico o docente adscrito a las oficinas centrales de la Secretaría de Educación o Direcciones Generales, los llamados ADG, ya que no pertenecen a delegación sindical alguna, lo que los deja fuera del Padrón del SNTE.
Además, aun no se ha regulado un procedimiento claro para la expedición de “constancias para votar”; algunas señaladas por carecer de folio o haberse expedido a nombre de personas ajenas al SNTE, situación que ha alimentado la desconfianza y las acusaciones de posibles irregularidades.
Afortunadamente, la Sección 30 aún está a tiempo de atender la deuda de transparencia de su Padrón y abonar a la certeza y legalidad que el magisterio tamaulipeco demanda.
¿Usted qué opina?




