CIUDAD VICTORIA, Tamaulipas.- Diariamente unas ocho mujeres, en promedio, deben ser atendidas en hospitales del Sector Salud, solamente en Tamaulipas, debido a lesiones desde leves hasta muy graves derivadas de hechos de violencia familiar.
Las cifras del Instituto Nacional de las Mujeres, refieren que una de cada tres adultas ha sufrido al menos un incidente de violencia con su cónyuge, concubino, novio, ex esposo o ex novio.
Organismos y estudiosas del tema consideran que en la esa cifra de las agresiones, al igual que en la de las lesiones, hay una cifra negra que podría incluso duplicar casi todas las estadísticas incluidas las de lesiones.
En dos de cada tres casos de violencia familiar en el que una mujer es lesionada, en Tamaulipas, el agresor es el cónyuge, concubino o novio y solamente uno de cada cinco agresores será sentenciado por este delito.
Al menos el 60 por ciento de los feminicidios son cometidos por hombres que tenían o tuvieron alguna liga sentimental con la víctima.
Los reportes de la Secretaría de Salud muestran que el número de víctimas de violencia intrafamiliar aumentó en 2014 respecto a los dos años anteriores, en casi un 60 por ciento, aunque en parte el incremento estadístico se debe a un mayor control en el Sector Salud.
Los 754 casos registrados en los tres primeros meses del año, muestra que el 97 por ciento de los lesionados por violencia intrafamiliar son mujeres, un dos por ciento son niños y solamente un uno por ciento son varones menores de edad.
Pese al número de víctimas lesionadas, la estadística de la Procuraduría General de Justicia de Tamaulipas, reporta 83 averiguaciones previas por este delito, en los tres primeros meses del año.
En 2014, según los informes de morbilidad de la Secretaría de Salud, tres mil 151 personas fueron ingresadas a una clínica u hospital, por lesiones derivadas de hecho de violencia intrafamiliar, tres mil 90 de ellas del sexo femenino.
La Procuraduría de Tamaulipas registra un total de mil 257 denuncias, el 41 por ciento de los casos de lesionados por este delito y, al comparar lesionados con denuncias por violencia, no parece haber relación entre ambas.
La Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública (ENVIPE) 2014 considera que la cifra negra de los delitos no denunciado, respecto al total de los cometidos en Tamaulipas, llega al 89.6 por ciento del total y los de violencia intrafamiliar están en ese promedio.
Solamente una de cada 10 mujeres víctimas de violencia familiar denuncian y de éstas, más de la mitad se desisten, cifra que tienen conexión con el hecho de que nueve de cada diez delincuentes violen tos vivieron violencia en su hogar.
Aunque para Tamaulipas no hay estadísticas, más de cuatro de cada diez atacantes de una mujer estaba bajo el influjo de alcohol o drogas, un quinta parte de los agresores estaba desempleado o subempleado y la gran mayoría de estos hechos de violencia ocurren en el domicilio de la mujer o la pareja.
¿Y LA LEY?
En los últimos 11 años, de 2004 a 2014, las denuncias por violencia familiar o intrafamiliar se han incrementado más de cinco veces.
En el mismo lapso no se ha realizado ninguna campaña cultural para intentar disminuir este hecho o informar a las víctimas de este tipo de violencia que tienen derecho a recibir por parte del Ministerio Público, una orden de protección inmediata.
“El Ministerio Público o el ofendido solicitará al Juez una orden de protección en un plazo de 24 horas después de la solicitud, previendo las medidas que considere necesarias para hacer cesar cualquier conducta que pudiere resultar ofensiva para la víctima”, dice el Artículo 368 Quater.
Aunque la Ley de Prevención de la Violencia Familiar del Estado Tamaulipas subraya que “toda manifestación de violencia deberá prevenirse, atenderse y sancionarse por los conductos competentes”, resulta que la violencia familiar ya no se perseguirá de oficio.
En la última sesión del Congreso de Tamaulipas, se agregó un último párrafo al Artículo 368 Bis del Código Penal estatal, para especificar que el delito de violencia familiar no se perseguirá por oficio.
“Este delito se perseguirá, a petición de parte ofendida”, dice la reforma al artículo 368 Bis.
De acuerdo al dictamen aprobado por el Pleno del Legislativo, también se borran del 368 Bis las definiciones de de maltrato físico, maltrato psico-emocional y maltrato sexual.
El siguiente artículo en su versión vigente, el 368 Ter, incluye como familiar a cualquier persona con quien la agredida o agredido tuvo una relación formal o informal de afecto o amistad.
“Incluyendo el ex-cónyuge, ex-concubinario, ex-concubina, parientes por consanguinidad o afinidad hasta el cuarto grado o cualquiera otra persona que esté sujeta a su custodia, guarda, protección, educación, instrucción o cuidado”, dice la norma citada.
La Ley para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, en su artículo 8, define como “violencia feminicida”, toda forma extrema de agresión contra las mujeres por razones de género y consiste en la expresión de conductas misóginas que alienten el ejercicio de la violencia, agresiones que pueden conllevar impunidad social y del Estado e incluso culminar en la privación de la vida de la mujer o de la niña.




