TAMPICO, Tamaulipas.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló el conjunto de artículos de la Ley Electoral de Tamaulipas, que regulan la paridad de género para la selección de candidatos a alcaldes, síndicos y regidores. Además, descartó que el Congreso de Tamaulipas haya omitido el derecho de votar a los tamaulipecos que residen en el extranjero.
La única modificación aprobada fue la eliminación de la expresión «a Regidores» incluida en el artículo 237 de la mencionada ley. Se avaló por unanimidad, aunque los ministros Margarita Luna Ramos, Jorge Pardo Rebolledo, Luis María Aguilar Morales y Olga María Sánchez Cordero propusieron otros señalamientos.
«…quitando –de acuerdo con el proyecto– la expresión “a regidores”, la previsión alcanzará a presidente, sindico y regidores, en tanto cada una de esas fórmulas, que no planillas, deberán siempre tener personas del mismo sexo; de suerte que si el propietario falla, el suplente también será del mismo sexo. Por ello la propuesta es declarar la invalidez sólo de la expresión “a regidores”, argumentó el ministro Alberto López Dayán, encargado de la exposición de los proyectos.
Otro tema a discusión fue la omisión del voto de los tamaulipecos que viven en el extranjero.
Nueve de los 10 magistrados consideraron infundado el reclamo. La justificación para aprobar el proyecto que presentó López Dayán fue que cada Congreso local tiene la libertad de decidir si incluye la participación de los habitantes originarios de la entidad que residen en otros países.
«…de conformidad con lo previsto por el artículo 329 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, lo cual implica una facultad de ejercicio potestativo, no obligatorio, pues tal y como ya lo reconoció este Alto Tribunal, existe una amplia libertad configurativa por parte de los Congresos locales para reconocer el ejercicio de este derecho, la cual se justifica a partir de la complejidad que la participación de este grupo de ciudadanos imprime a la realización de los diversos procesos electorales», sostuvo.
Hoy los magistrados concluyeron la revisión de las acciones de inconstitucionalidad 45, 46 y 47/2015 promovidas por los partidos de la Revolución Democrática (PRD), Acción Nacional (PAN) y Movimiento de Regeneración Nacional (Morena). En total, discutieron 27 temas diferentes durante 3 sesiones del Pleno de la SCJN.




