CIUDAD VICTORIA, Tamaulipas.- Tras el periodo vacacional, la Procuraduría del Menor reporta hasta un 90 por ciento de incremento de padres desobligados, así como retención de menores de aquellos que tras terminar el tiempo de convivencia se niegan a regresar el menor a quien tiene la patria potestad.
Dulce María Macías Palomino, titular de la Procuraduría de Atención a Niños, Niñas y Adolescentes en Victoria, informó que en las últimas semanas han recibido 80 denuncias, de las cuales 60 fueron por padres que no quisieron dar para las inscripciones escolares de sus hijos, mientras que otras 20 fueron por otros más que se rehusaron a regresar el menor con su madre.
“Se incrementó un poco más al 90 por ciento, se dispara unos 100 casos de aquí a que entren los niños al ciclo escolar”, afirmó la funcionaria quien explicó que la institución sirve como mediadora e incluso puede proporcionar ayuda psicológica.
Resaltó que al DIF municipal acudieron 60 mujeres las cuales piden que sus ex parejas cumplan con la obligación alimenticia, pero también que les ayuden en las inscripciones escolares, además de la compra de útiles escolares y uniformes.
“Según las madres de familia, sus ex parejas cuentan con otros hijos de segundos matrimonios a los cuales sí les proporcionan todo, y a sus primeros hijos les han dejado de dar”, expuso la funcionaria.
Otro problema que se incrementa después de vacaciones es la retención del menor, ésta se da cuando después de pasar largo tiempo sin convivir con sus hijos, un padre pasa estos días libres con el menor y al encariñarse se niega a regresarlo con su ex pareja.
El problema se da en ambos lados, ya sea por parte del padre o madre y empiezan a tratar de convencer al hijo de que sería mejor el que vivieran con ellos.
“Entonces el niño o la niña empiezan a decir que sufren maltrato o que no les dan de comer, o los papás quieren quitarlos simplemente porque tienen otras parejas y no quieren que regresen al ambiente en el que estaban”, denunció.
¿QUÉ DICE LA LEY?
Código Penal para el Estado de Tamaulipas
CAPÍTULO VII
SUSTRACCIÓN Y RETENCIÓN DE MENORES POR LOS PADRES
Articulo 300- Cometen el delito a que se refiere este capítulo los padres que habiéndoseles restringido o privado el ejercicio de la patria potestad o el derecho de custodia de sus hijos, mediante resolución judicial provisional o definitiva, los substraigan sin causa justificada del lugar donde habiten transitoria o permanentemente.
Comete este delito cualquiera de los padres que sustraiga a los hijos arbitrariamente del lugar donde habiten transitoria o permanentemente, aún cuando no exista resolución judicial que dirima la custodia de los menores, pero que de hecho se encuentren bajo el resguardo de algunode ellos.
ARTÍCULO 300 Bis.-Comete el delito de retención de menores cualquiera de los padres que teniendo la custodia compartida de los hijos determinados días, se resista o se niegue a devolver a los menores al hogar en que ordinariamente habitan.
Sólo se procederá a petición de quien ejerza el derecho de custodia.
ARTÍCULO 301.- A los responsables de los delitos a que se refieren los artículos anteriores se les impondrá una sanción de dos a seis años de prisión y multa de cien a quinientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.
Cuando el sujeto devuelva espontáneamente al menor o incapaz, dentro de las veinticuatro horas siguientes a la comisión del delito, se le impondrá una tercera parte de las sanciones señaladas.
En caso que el menor, fuese sustraído y trasladado, retenido u ocultado fuera del territorio nacional, se aumentarán en una mitad las sanciones previstas en el primer párrafo de este artículo.




