CIUDAD VICTORIA, Tamaulipas.- El Poder Judicial de la Federación (PJF) admitió cinco amparos para revisar el Código Civil de Tamaulipas, que no reconoce el derecho del matrimonio entre personas del mismo sexo. Con ello se abre la posibilidad de la declaratoria de inconstitucionalidad de la ley tamaulipeca.
El representante en el estado del movimiento Matrimonio Igualitario, Mercurios Espinoza del Ángel, informó que las resoluciones de estos recursos, en caso de ser positivas para los promoventes, obligará a que el Congreso de Tamaulipas reforme a favor de la comunidad Lésbico, Gay, Bisexual, Transexual, Travesti, Transgénero e Intersexual (Lgbttti).
En cuatro años de trabajo, la organización ha ganado terreno en busca de la reforma a diversas leyes estatales. Al 5 de septiembre de 2018, el PJF había amparado a 171 personas. El grupo en Tamaulipas ha interpuesto 3 juicios colectivos y 17 por parejas.
Diecinueve parejas han contraído matrimonio en la entidad. Tres en la oficina del Registro Civil en Ciudad Madero, uno en Altamira, uno en Matamoros, dos en Nuevo Laredo, otro par en Reynosa, siete en Tampico y tres en Ciudad Victoria, de acuerdo con un informe de la Secretaría General de Gobierno (SGG).
“Se requiere un total de cinco amparos en revisión resueltos de manera positiva, por unanimidad, en un tribunal colegiado, para que se inicie el proceso (declaratoria de inconstitucionalidad). Además, falta que sean remitidos 3 amparos más; ya superamos la cantidad de juicios requeridos, pero no nos confiamos y seguimos interponiendo nuevos amparos”, dijo Espinoza.
En el Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Décimo Noveno Circuito se encuentran remitidos siete amparos y dos en el Segundo Tribunal de las mismas materias. Aún faltan 3 más que se espera sean asignados al colegiado segundo.
El artículo 233 de la Ley de Amparo establece que los plenos de circuito, por mayoría de sus integrantes, podrán solicitar a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que inicie el procedimiento de declaratoria general de inconstitucionalidad, cuando dentro de su circuito se haya emitido jurisprudencia derivada de amparos indirectos en revisión en la que se declare la inconstitucionalidad de una norma general.
De acuerdo con el proceso legal de la declaratoria, en caso de que los amparos se resuelvan a favor de los promoventes, el Congreso tendrá 90 días naturales para modificar o derogar la norma declarada inconstitucional. En caso de negarse, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitirá la declaratoria, siempre que hubiera sido aprobada por mayoría de cuando menos ocho votos.
“Cuando el órgano emisor de la norma sea el órgano legislativo federal o local, el plazo referido en el párrafo anterior se computará dentro de los días útiles de los periodos ordinarios de sesiones determinados en la Constitución Federal, en el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, o en la Constitución Local, según corresponda”, precisa la legislación.
Asimismo, el movimiento “México Igualitario” impulsa una reforma integral al Código Civil de Tamaulipas, que busca la modificación de 20 artículos. El objetivo es eliminar la discriminación contra las familias conformadas por parejas del mismo sexo, familias homoparentales o lesbomaternales.
Tres matrimonios interpusieron juicios contra las normas que mantienen un lenguaje exclusivamente heterosexual. “Las parejas del mismos sexo que ya contrajeron matrimonio, que ya tienen acta de
matrimonio, siguen siendo afectadas en su derecho a la no discriminación, al momento que su vida familia está regulada bajo leyes que los excluyen o los invisibilizan”, afirmó Méndez Díaz.