Aunque en los últimos días se ha ventilado a través de las redes sociales una serie de casos de agresiones o intentos de secuestro de mujeres, el funcionario aseguró que son mínimas las denuncias formales presentadas ante el Ministerio Público.
No obstante, Sanmiguel consideró que las mujeres deben extremar precauciones, así como evitar a personas que les parezcan sospechosas, no transitar por zonas poco concurridas o con un alumbrado público deficiente.
“Las mujeres deben estar alertas, no deambular solas en las noches, porque cuando las agreden es cuando están solas”, dijo el titular de la SSP estatal.
Durante 2018, fueron asesinadas 79 mujeres en Colima, cifra que colocó al estado con la tasa más alta de este delito por cada cien mil habitantes, de acuerdo con datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
El pasado día 8, la Fiscalía General del Estado emitió un comunicado en el que condenó cualquier tipo de violencia de género contra mujeres y niñas colimenses, a la vez que aseguró que las agresiones en la vía pública que se denuncian ante el Ministerio Público “se atienden con prontitud, logrando en la mayoría de los casos la detención de los imputados y la respectiva judicialización”.
Indicó que hasta entonces había recibido tres denuncias penales de esta naturaleza, dos en el Municipio de Manzanillo y una más en Villa de Álvarez y aclaró que derivado del avance en las investigaciones “hasta el momento no existen elementos que hagan suponer a esta autoridad un mismo modus operandi o una actuación sistemática de algún grupo delictivo en este tipo de hechos”.
En tanto, el Congreso del Estado aprobó este miércoles una serie de reformas a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Colima, esto con el fin de fortalecer la seguridad de las mujeres en la entidad.
Dentro de las modificaciones a ley se destaca la Fracción VII del Artículo 56 Bis, en la que se implementa que se debe informar de inmediato a la o las mujeres víctimas, cuando la persona generadora de violencia recupere su libertad, a fin de que esté en condiciones de tomar las medidas pertinentes.
Así mismo fue modificado el Artículo 60 Bis 2 en su Fracción tercera, con el propósito de capacitar al personal de las diferentes instancias policiales en materia de derechos humanos y perspectiva de género.
En la séptima fracción del mismo artículo se dispuso que será obligación de las instituciones correspondientes brindar, en coordinación con la Secretaría de Salud y Bienestar Social, atención medica obstétrico-ginecológica y pediátrica, durante el embarazo, parto y puerperio a las mujeres recluidas en centros penitenciarios.
Además, se adicionó en el Artículo 69 para que las administraciones municipales, en materia de prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres, lleven a cabo, de acuerdo con el sistema, programas de información a la población respecto de la violencia contra las mujeres.
A través de una reforma al artículo 72 se estableció que las mujeres no pueden ser obligadas a participar en mecanismos de conciliación con la persona generadora de violencia; además de que las mujeres de pueblos originarios serán asistidas gratuitamente en todo tiempo por intérpretes y deberán recibir asesoría jurídica por personal que tenga conocimiento de su lengua y cultura.
El titular de la SSP, Enrique Alberto Sanmiguel fue entrevistado cuando acudió al Congreso del Estado para explicar las razones por las que no fue aceptada la recomendación 02/2015 de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Colima, contra elementos de esa corporación que presuntamente golpearon y lesionaron en una rodilla al ciudadano Rafael Galindo Martínez.
En la tribuna legislativa, el funcionario argumentó que la recomendación no fue aceptada por el entonces titular de la dependencia, Raúl Pinedo Dávila porque existía una denuncia penal contra los policías y la aceptación habría implicado prejuzgar sobre la culpabilidad o no de los acusados.
Y aunque actualmente no se ha dictado sentencia sobre el asunto, Sanmiguel Sánchez dijo que en noviembre pasado la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) desechó el asunto al considerar que no había elementos para determinar si los agentes policiacos fueron quienes causaron las lesiones a la víctima.
Apenas habían emitido sus posicionamientos al respecto la diputada Remedios Olivera Orozco, del partido Movimiento Ciudadano, y Rogelio Rueda Sánchez, del PRI, cuando el presidente del Congreso, Guillermo Toscano, decidió suspender la comparecencia debido a las constantes interrupciones desde el área de butacas por parte del afectado, Rafael Galindo, y varios de sus acompañantes, quienes a gritos expresaron su inconformidad por los argumentos emitidos por el funcionario y el diputado priista.
En varias ocasiones, Toscano le informó a Rafael Galindo que al final le daría el uso de la palabra para que expresara su punto de vista, pero ante los gritos de éste y sus acompañantes de “¡justicia!”, “¡justicia!” y “¡me declaro en situación de vulnerabilidad!”, el presidente del Congreso optó por dar por terminada la reunión.
CON INFORMACION DE EXCELSIOR.