El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) frenó la “separación inmediata” de Samuel García, al cargo de gobernador de Nuevo León, al invalidar la porción del artículo 203, de la constitución del estado, reformado por el Congreso de la entidad.
Sin embargo, se declaró la validez del acuerdo aprobado por la legislatura local para someter al mandatario a juicio político, en que tendrá que ser realizado por el Congreso y resuelto por el Tribunal Superior de Justicia de Nuevo León.
Con votación unánime, de las y los 11 ministros presentes en la sesión, se aprobó el proyecto elaborado por Luis María Aguilar Morales, quien planteó declarar inválida la porción del artículo que ordenaba la separación, con carácter de inmediata, al cargo de gobernador, en la constitución del estado.
Durante la declaración, el Pleno reiteró que es el Tribunal Superior de Justicia de Nuevo León el órgano facultado para resolver la declaratoria de procedencia, y no como lo determinó el Congreso local para realizar el proceso de juicio político y concluir con la declaratoria.
La Comisión Anticorrupción del Congreso de Nuevo León inició el juicio político contra García, el 31 de enero de este año, luego de que no presentó la Ley de Egresos 2023, en tiempo y forma.
En su proyecto, el ministro Aguilar Morales consideró que el procedimiento de juicio político, previsto en la legislación local, resulta inconstitucional al obligar al titular del Poder Ejecutivo de Nuevo León a someterse a un procedimiento que potencialmente faculta a una autoridad a separarlo de su cargo, sin ser la competente para emitir ese tipo de sanciones.
Durante la discusión, el ministro Luis González Alcántara Carrancá explicó que el cargo del gobernador está protegido en la Constitución, contra interferencias indebidas que coincidan en una alteración del mandato que, además, es consecuencia del voto popular.
Indicó que le corresponde al Tribunal Superior de Justicia estudiar la atribución de responsabilidad política contra el gobernador, por lo que no está justificado que se separe al servidor público de su encargo, como lo planteó el Congreso.
CON INFORMACIÓN DE EXCÉLSIOR