La Pensión Mínima Garantizada es un beneficio clave que el gobierno federal de México asegura a los pensionados que están amparados bajo la Ley del Seguro Social, este programa tiene como objetivo proporcionar un ingreso básico y estable a las personas que han alcanzado la edad de retiro, garantizando que ningún pensionado reciba una pensión menor a un salario mínimo general.
Este programa garantiza que el monto mensual de la pensión no sea inferior al equivalente de un salario mínimo general en la Ciudad de México. Este esquema está diseñado para proteger a los pensionados de la inflación y las fluctuaciones económicas, permitiéndoles mantener un nivel de vida digno tras su retiro.
Este es el monto por la pensión mínima garantizada
El monto de la Pensión Mínima Garantizada está directamente vinculado al salario mínimo general en la Ciudad de México, lo que asegura que el ingreso de los pensionados se mantenga alineado con las necesidades básicas en esta región. En un contexto económico donde los costos de vida varían considerablemente de una región a otra, establecer el monto basado en la Ciudad de México asegura un estándar mínimo que es relativamente más elevado que en otras partes del país.
En 2024, el monto de la Pensión Mínima Garantizada se incrementó a 7,508 pesos mensuales, reflejando el aumento del salario mínimo a 248 pesos diarios. Cabe destacar que el requisito de semanas cotizadas se incrementará anualmente en 25 semanas hasta llegar a 1,000 en 2031.
¿Cómo tramitar la pensión mínima garantizada?
Para poder tramitar el pago mínimo garantizado, los interesados deben cumplir con los siguientes requisitos y una vez reunidos todos estos, el interesado debe acudir a una Subdelegación del IMSS para iniciar el trámite. Tras presentar la solicitud, se debe esperar la resolución a través del Afore.
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— AFORE PENSIONISSSTE (@PENSIONISSSTE_) August 4, 2024
Edad: Tener 60 años cumplidos.
Semanas cotizadas: Haber cotizado un mínimo de 775 semanas.
Documentación: Contar con una identificación oficial vigente, un número de seguro social (NSS), Registro Federal de Contribuyentes (RFC), y un expediente de Identificación de Trabajador actualizado generado por la Afore.
Cuenta bancaria: Poseer una cuenta bancaria en la que se depositará la pensión.
Afore: Tener un número de cuenta Afore y saldo en la cuenta de ahorro Afore.
Comprobante de domicilio: Presentar un comprobante de domicilio con una antigüedad no mayor a tres meses.
Resolución del IMSS: Presentar la resolución o negativa de pensión emitida por el IMSS.
CON INFORMACIÓN DE EL HERALDO DE MÉXICO