“El proyecto que someto a su amable consideración pretende dilucidar el trámite que debe darse a la petición presentada por diversas personas impartidoras de justicia federal, en la que solicitan a este Tribunal Pleno, someter a control constitucional la reciente reforma al Texto de la Ley Fundamental en materia del Poder Judicial”, sostuvo el Ministro JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA CARRANCÁ, electo el 20 de diciembre de 2018, en la sesión celebrada por la SCJN el jueves pasado.
Con la ayuda de la “Tremenda Corte de Justicia”, la petición fue aceptada por 8 votos a favor, mostrando a simple vista que se trata de una nueva intentona para descarrilar la citada reforma constitucional.
“Para conocer sobre la interpretación y resolución de los conflictos que se deriven de contratos o cumplimiento de obligaciones contraídas por particulares o dependencias y entidades públicas con la Suprema Corte de Justicia de la Nación o con el Consejo de la Judicatura Federal”, dispone la fracción XXII del artículo 11, de la Ley Orgánica del Poder Judicial, utilizado como fundamento jurídico por los peticionarios.
“Conocer y dirimir cualquier controversia que surja entre las Salas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y las que se susciten dentro del Poder Judicial de la Federación con motivo de la interpretación y aplicación de los artículos 94, 97, 100 y 101 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los preceptos correspondientes de esta Ley Orgánica”, señala la fracción XVII del artículo citado, propuesto como fundamento por GONZÁLEZ ALCÁNTARA CARRANCÁ, para aceptar la petición.
“El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación velará en todo momento por la autonomía de los órganos del Poder Judicial de la Federación y por la independencia de sus integrantes, y tendrá las siguientes atribuciones”, dispone el artículo 11 de la Ley Orgánica.
A simple vista, apreciamos que, ni una ni otra fracción del artículo citado, tiene que ver con el quid del asunto elevado por los peticionarios, de echar atrás la reforma constitucional del Poder Judicial de la Federación.
YASMÍN ESQUIVEL MOSSA: “Yo, con relación a esta importante consulta número 4/2024, yo no comparto las consideraciones y fundamentos del proyecto”, dijo la Ministra designada el 12 de marzo de 2019.
LORETTA ORTIZ AHLF: “No coincido con la propuesta del reencauzamiento a la diversa fracción XVII”, sostuvo la Ministra electa el 12 de diciembre de 2021.
LENIA BATRES GUADARRAMA: “El reencauzamiento de la vía es una deformación del procedimiento inicialmente establecido, pues no existe disposición legal ni constitucional que faculte a este Pleno para realizarlo”, expuso la Ministra electa el 14 de diciembre de 2023.
ANA MARGARITA RÍOS FARJAT: “No encuentro razón jurídica para impedir (en este momento) ese análisis, dijo la Ministra electa en diciembre de 2019.
JAVIER LAYNEZ POTISEK: “Yo también vengo a favor del proyecto”, afirmó el Ministro electo en diciembre de 2015.
LUIS MARÍA AGUILAR MORALES: “Yo estoy (digamos) genéricamente de acuerdo con el proyecto”, manifestó el Ministro designado el uno de diciembre de 2009.
ALBERTO PÉREZ DAYÁN: “Me entiendo con el proyecto, sin perjuicio de lo que pudiera llegar a consistir el fallo correspondiente”, dijo el Ministro electo el 22 de noviembre de 2012.
JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO: “Mi voto será a favor del sentido del proyecto”, manifestó el Ministro designado el 10 de febrero de 2011.
ALFREDO GUTIÉRREZ ORTIZ MENA: “Quisiera adelantar que mi voto es por admitir, pero no comparto la premisa central”, sostuvo el Ministro electo el primero de diciembre de 2012.
NORMA PIÑA HERNÁNDEZ: Sin intervenir en el debate, la Presidenta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, electa el 10 de diciembre de 2015, votó a favor de admitir la petición de las cuatro personas titulares de diversos juzgados de distrito y las quince magistradas y magistrados de distintos tribunales colegiados.
Finalmente, el proyecto se aprobó por 8 votos a favor y 3 en contra.
POR JUAN CARLOS LÓPEZ ACEVES