La Clave Única de Registro de Población (CURP) dejó de ser indispensable para llevar a cabo trámites dentro del Servicio de Administración Tributaria (SAT). La creación de la CURP fue para que tuviera la misma validez de carácter oficial como el acta de nacimiento.
El SAT dio a conocer que la eliminación en la presentación obligatoria de la CURP para realizar trámites en sus procesos, atiende a una medida para ayudar a los contribuyentes para simplificar el tiempo en el momento de iniciar una tarea en el servicio de impuestos.
La CURP es uno de los documentos de identificación oficial que son mayormente requeridos al momento de llevar a cabo cualquier tipo de trámite tanto personal como de servicios, por lo que su validez está a la par del pasaporte, el acta de nacimiento o la propia credencial del Instituto Nacional Electoral (INE).
No obstante, pese a que la CURP ya no es necesaria para realizar algún trámite en el SAT, todavía es necesaria para llevar a cabo servicios, alguna inscripción en instituciones o escuelas, así como para adquirir algún bien o para ingresar a un trabajo.
El SAT ya no pide la CURP para estos trámites
El Servicio de Administración Tributaria informó en su momento que para simplificar los trámites en algunos de sus procesos internos, ya no pedirá como requisito indispensable que los contribuyentes tengan a la mano su CURP, quedando exonerado de los siguientes trámites para pedir:
RFC
E.firma
El SAT también precisó que para este par de trámites del RFC y la e.firma, también quedó fuera presentar el comprobante de domicilio que por lo general se pide que sea no mayor a tres meses de que fue expedido, de manera que solo con la credencial del INE, los contribuyentes podrán realizar los trámites correspondientes.
CON INFORMACIÓN DE EL HERALDO DE MÉXICO