5 diciembre, 2025

5 diciembre, 2025

Esto dice el Gobierno Federal sobre si es obligatoria la CURP Biométrica

La presidenta Claudia Sheinbaum Pardo ha aclarado en sus conferencias matutinas diversas dudas sobre este documento que busca

Si aún no sabes cuando comienza el trámite para obtener la Clave Única de Registro de Población (CURP) Biométrica, debes saber que aún faltan algunos días para que aquellas personas que la requieran. Será a partir del próximo 16 de octubre de 2025, que se podrá contar con este documento.

Si bien este documento ya no sólo contará con los 18 elementos de un código alfanumérico que permite la identificación de las y los mexicanos, ya que incluirá elementos biométricos como tu fotografía, huellas dactilares de tus dos manos, así como el escaneo de tu iris y firma digital, no es obligatoria.

Para realizar el trámite sólo tendrás que acudir a algunas de las oficinas del Registro Civil o a los módulos del RENAPO, de lunes a viernes de 8:30 a 14:30 horas.

Aquí te compartimos lo que ha dicho el Gobierno de México sobre este documento que está pensado para aumentar la seguridad de los datos personales y ofrece una identificación más precisa de las personas.

¿Es obligatorio tramitar la CURP biométrica?

Si bien es cierto que la CURP biométrica permitirá confirmar la identidad de una persona y garantizará la seguridad en los diferentes trámites que se realicen con el gobierno, la presidenta de México, Claudia Sheinbaum Pardo, ha señalado en diversas ocasiones que no es de carácter obligatorio.

“Es opcional, la gente decide si da sus datos o no, como en cualquier caso”, afirmó Sheinbaum en su conferencia matutina en Palacio Nacional, del pasado 22 de agosto de 2025.

Sin embargo, agregó, que confía en que «la gran mayoría de la gente va a participar en este ejercicio, explicando por qué es importante».

La mandataria mexicana Indicó que en la ley no se establece como un trámite obligatorio.

¿Hay multas por no tramitar la CURP biométrica?
Será a partir de febrero de 2026, que la CURP tradicional ya no será considerada para algunos trámites. Cabe aclarar que no hay multas para los ciudadanos en general, pero de acuerdo con la Ley General de Población, en su artículo 114 Bis, las autoridades de los tres órdenes de gobierno y los particulares que no la tramiten como identificación oficial, sí podrían recibir multas de hasta 20,000 UMAs, las cuales tienen un valor diario de $113.4. Estas sanciones se aplicarán si hay un apercibimiento por incumplimiento reiterado.

CON INFORMACIÓN DE EL HERALDO DE MÉXICO

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