27 diciembre, 2025

27 diciembre, 2025

Usar facturas falsas costará caro en 2026, advierte el SAT

Las nuevas disposiciones también permiten que la Secretaría de Hacienda inicie acciones penales, incluso antes de que concluyan los procesos administrativos.

MÉXICO.- El próximo 2026 llega con un endurecimiento en las sanciones para aquellos contribuyentes que usen facturas falsas y también para aquellos que las emitan, conocidas como empresas “factureras”. De acuerdo con los cambios en el Código Fiscal de la Federación (CFF) 2026, se impondrá una multa de dos y hasta nueve años de cárcel a quienes emitan y hagan uso de las facturas falsas.

“Se impondrá la sanción al que, por sí o por interpósita persona, expida, enajene, compre, adquiera o dé efectos fiscales a comprobantes fiscales falsos”, se lee en el artículo del CFF publicado en el Diario Oficial de la Federación.

Las nuevas disposiciones también permiten que la Secretaría de Hacienda inicie acciones penales, incluso antes de que concluyan los procesos administrativos, lo cual no estaba contemplado anteriormente.

Imagen intermedia

Por lo que este delito se investigará y perseguirá independientemente del estado en que se encuentre el procedimiento administrativo que, en su caso, se haya iniciado.

Es decir, un contribuyente podría enfrentar una investigación penal incluso después de haber regularizado su situación fiscal. Asimismo, la ejecución de este delito puede dar lugar a la “causación de un daño material a la Hacienda federal, el cual deberá ser objeto de reparación”.

Otra nueva disposición es que se sancionará con las mismas penas, de 2 y hasta 9 años de prisión, a las plataformas de servicios digitales, así como a los titulares de éstas que permitan la publicación de anuncios para la adquisición o enajenación de comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas, actos jurídicos simulados o comprobantes fiscales falsos, así como al que a sabiendas permita o publique por medio de dichas plataformas o por cualquier otro medio dichos anuncios.

VISITAS Y COMPROBACIÓN

El fisco también realizará visitas domiciliarias a los contribuyentes, y en caso de que se detecte que los comprobantes fiscales incumplen con el requisito de amparar operaciones existentes, verdaderas o actos jurídicos reales, “podrán determinar lo que corresponda conforme a la facultad que estén ejerciendo, sin que se requiera agotar previamente el procedimiento de visita domiciliaria de presunción de emisión de comprobantes falsos”, se destaca en el Código Fiscal.

Los contribuyentes contarán con un plazo de 5 días para aportar pruebas para desvirtuar la presunción y la autoridad 15 días para emitir una resolución. Durante las visitas domiciliarias, los funcionarios

CON INFORMACIÓN DE DINERO EN IMAGEN

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