II.Elección de la Representación Proporcional del Congreso de la Unión. Primera Parte.
El 4 de marzo la Presidenta Claudia Sheinbaum hizo saber a los medios de comunicación que ya estaba terminada la Iniciativa de Reforma Electoral a la que denominó el Decálogo para la Democracia, que explicó brevemente y fue recibida en esa misma fecha por la Cámara de Diputados.
El primer punto del decálogo, explicó la mandataria, es el que se refiere a la elección de la Representación Proporcional del Congreso de la Unión, cuya forma se mantendrá como hasta ahora. Para entender mejor las particularidades de este tema iremos paso a paso, lo primero que hay que decir es que en la legislación actual se eligen 300 diputados de mayoría relativa, es decir, uno por cada distrito electoral, que obtenga la mayoría de los votos de los ciudadanos. La otra manera de elegir es la de 200 diputados de representación proporcional, a estos es a los que se refiere la reforma electoral.
Actualmente para participar en el reparto de las diputaciones de representación proporcional los partidos deben cumplir dos requisitos, haber postulado candidatos en 200 distritos y haber obtenido por lo menos el tres por ciento de la votación emitida para la elección de que se trate. También haber registrado ante la autoridad electoral una lista de los candidatos de su partido a obtener una diputación por el principio de representación proporcional.
La votación nacional emitida es la que resulta una vez que se restan a la votación total los votos nulos, los votos a favor de candidatos independientes, y los votos emitidos para aquellos partidos que no obtuvieron el 3% de la votación.
En la legislación electoral actual se obtiene un cociente natural dividiendo la votación nacional emitida entre el número de diputaciones de representación proporcional, es decir entre 200, el resultado será la cantidad mínima necesaria que deberá tener cada partido político para obtener una diputación de representación proporcional. Los partidos participarán en rondas de reparto sucesivas de acuerdo con el número de votos obtenidos por cada uno y cuando alguno ya no alcance el cociente natural se otorgarán diputaciones al los que tengan el resto mayor hasta terminar de asignarlas o que se terminen los votos.
Las listas de candidatos a obtener una diputación de representación proporcional han sido elaboradas hasta ahora por los dirigentes de los partidos políticos lo cual a lo largo de los años se convirtió en una fuente de inconformidad porque en casi todos los casos las candidaturas o las listas de candidatos estaban integradas por los dirigentes de los partidos y sus colaboradores más cercanos sin tomar en cuenta a otros ciudadanos, militantes o simpatizantes de los partidos políticos que tuvieran la intención de participar, lo cual ha generado un rechazo a esta forma de elección.
Ante ese escenario, la propuesta de reforma de la Presidenta Sheinbaum consiste en que la mitad de las diputaciones de representación proporcional sea asignada en cada distrito electoral a quienes hayan obtenido la votación más alta detrás de la obtenida por el ganador del distrito por el principio de mayoría relativa. Pero para facilitar la comprensión de este tema tan complejo desglosaremos las particularidades de la reforma en el siguiente artículo.




