Por. Grecia Navarro
Hoy la conversación es sobre proteger nuestros datos personales para evitar que los ciberdelincuentes tengan acceso indebido a nuestro teléfono celular, mañana será sobre la protección de la mente humana frente a los avances neurotecnológicos que ya están en práctica. Esto traerá consigo nuevos riesgos por la interfaz cerebro-computadora que necesitarán de una amplia protección, en ese contexto nacen los neuroderechos los cuales buscan salvaguardar la esfera más íntima del ser humano la psique. Si la tecnología ya avanza sobre la actividad cerebral, ¿por qué esperar a que los riesgos nos alcancen lleguen a México para empezar a proteger la psique humana?
Uno de los principales aportes de la tecnología es mejorar la calidad de vida del ser humano, un ejemplo de ello es la neurotecnología por medio de dispositivos que ayudan a las personas con parálisis severa o cuadriplejia a recuperar autonomía, las empresas que destacan son Neuralink creada por Elon Musk así como Synchron compañía distinta, ambas con el enfoque de la comunicación cerebro-computadora, permitiendo que las personas puedan realizar actividades como comunicarse, administrar sus finanzas, enviar mensajes, jugar videojuegos, comer, entre otras actividades. No obstante estos avances representan retos jurídicos y éticos respecto a la fabricación, responsabilidad y uso.
En esta realidad los neuroderechos juegan un papel muy importante puesto que buscan proteger la psique de las personas, Rafael Yuste, uno de los principales impulsores de este enfoque, destaca los siguientes: la protección a la privacidad e integridad mental, libre albedrío, acceso equitativo al aumento cognitivo y protección contra los sesgos algorítmicos.
En otras palabras, se busca que el ser humano sea capaz de tomar sus propias decisiones, que se evite la manipulación o que terceros no tengan acceso sin el consentimiento de la persona también que no realice un uso distinto a las finalidades establecidas, incluso que todos y todas podamos tener un acceso al aumento o mejora cognitiva en donde no exista un privilegio a ciertas personas o excluyan discriminatoriamente, por último, qué los algoritmos utilizados no tengan prejuicios.
Otro derecho que incluiría al listado es la protección a los neurodatos que es toda la información de la actividad cerebral, lo cual exige un alto nivel de sensibilidad mismo que requiere un enorme grado de blindaje técnico, aquí es donde la ciberseguridad cobra relevancia en la implementación de esta tecnología.
En el año 2021, Chile fue el primer país en contemplarlo en su Constitución a través de la Ley Número 21.383 que modificó el artículo 19, número 1°, para establecer la protección de la psique ante el desarrollo científico y tecnológico respetando la integridad mental. De igual forma, dispuso la creación de una Ley que regulará los requisitos, condiciones y restricciones para su utilización en las personas, haciendo el señalamiento de resguardar la actividad cerebral, así como su información. En resumen, Chile logró reconocer un derecho fundamental y estableció la Ley que fijará las bases.
Siguiendo esta tendencia, en México se puso el tema sobre la mesa en los últimos tres años desde distintos grupos parlamentarios con sus iniciativas legislativas ante el Senado de la República, esto demuestra que no es una conversación lejana sino un asunto por el que debemos actuar con cautela. Hay que anticiparnos por la exigencia de rapidez del desarrollo tecnológico en la salud en donde se busque proteger la esfera más íntima de la persona, la mente y el libre albedrío.
En conclusión, cualquier regulación tecnológica debe construirse con fundamento en la dignidad humana, no únicamente por ser un tema de popularidad, sino como expresión de responsabilidad y madurez jurídica en el País.
Grecia Navarro
Abogada Especializada en Derecho Digital
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