CIUDAD VICTORIA, Tamaulipas.- El avance científico y tecnológico abrió nuevos horizontes con paliativos del dolor que sufren las personas ante una enfermedad en situación terminal, sin embargo no todos desean someterse a estas prácticas en los hospitales y quieren irse a casa a esperar el final.
En comisiones del Poder Legislativo tamaulipeco, se encuentra la propuesta para crear una ley de muerte asistida, que no debe ser confundida con eutanasia, lo aclara Alfonso de León Perales, presidente de la Comisión de Salud.
Y partiendo de que la vida y la muerte como parte de la existencia del hombre, han mantenido un vínculo estrecho a las transformaciones sociopolíticas, una vez que sea aprobada dicha ley, se realizarán foros para escuchar las opiniones de las diversas voces de la sociedad.
De León Perales reconoció que en los últimos años la práctica médica ha sido replanteada desde el punto de vista de derechos humanos para poder resolver las situaciones que han traído los cambios de la ciencia.
Sacar la iniciativa no lleva prisa y será hasta después de vacaciones de Semana Santa cuando se subirá al pleno en busca de su aprobación.
La iniciativa de la Ley Estatal de Voluntad Anticipada y de Derecho de las Personas Enfermas en Fase Terminal, no está relacionada con la eutanasia precisamente por ser un tema controversial que está permitido por la ley en muy pocos países y bajo distintas modalidades, siempre y cuando los motivos para ayudar a morir sean altruistas y no por interés personal de quien ayuda.
De acuerdo con el legislador, el derecho a la vida debe incluir el derecho a una vida digna y que la voluntad de cada persona, pueda ser respetada.
Esa es la partida para regular en Tamaulipas el derecho de cada quien a planificar los tratamientos y cuidados de salud que desea recibir o rechazar en el momento en que no sea capaz, por sí misma, de tomar decisiones.
AYUDAR A BIEN MORIR
Desde la visión religiosa, las personas con enfermedades incurables cuya muerte está próxima, tienen derecho a elegir dónde y cómo pasar el resto de lo que le queda de vida.
El Obispo Antonio González Sánchez, dice que cuando ya no hay solución médica posible ante una enfermedad, lo preferible es morir rodeado de los familiares y sin las restricciones que hay en los centros hospitalarios.
“Yo creo que no pasa nada si la persona decide pasar en su casa los últimos días de su vida, aclarando que se trata de que acepte la muerte de manera natural, porque puede suceder que se den confusiones y se piense que yo abogo por la eutanasia que son dos cosas totalmente diferentes”.
A la par del auxilio médico, refiere que la unción de los enfermos entre los católicos, es la medicina espiritual que la persona necesita, aunque todavía quedan familias que buscan al sacerdote hasta que el enfermo está agonizando.
“Se sigue pensando que si el enfermo ve al sacerdote llegar quiere decir que ya se va a morir, de hecho el sacramento de la unción como medicamento espiritual, también lo es físico, porque se dan casos y me consta en que el enfermo se recupera físicamente”, dice.
Lo conveniente, -agrega- es contar con el auxilio espiritual desde que la persona está enferma porque lo ideal es que pueda participar concientemente del sacramento de la unción de los enfermos.
EL MITO DE MORIR
EN PECADO
En este asunto la creencia popular es que si el enfermo muere sin arrepentirse de sus pecados no irá al cielo, lo cual niega González Sánchez, pues dice que eso es cuestión de Dios y ningún sacerdote puede decidir el lugar a donde irá el alma de quien partió sin haber recibido la extremaunción.
Explica que si la persona ya no está conciente, que no puede hablar, lo que hace el sacerdote es dar la absolución bajo condición, es decir, con el supuesto de que se arrepintió de sus pecados aunque no lo pueda expresar verbalmente.
“Lo ideal es que reciba la absolución, pero si el enfermo internamente le manifestó a Dios el arrepentimiento de sus pecados, Dios obviamente se los perdona. Aquí nosotros debemos confiar, apelar a la misericordia de Dios recordando que siempre es más grande que el pecado de la persona”.
PERDÓN PARA EL SUICIDA
Otra creencia errónea es la condenación a quienes se quitan la vida por propia mano, pues dice el Obispo, ya no existe esa sentencia porque eso depende de Dios; ni el sacerdote ni nadie puede condenar a quien tomó una decisión por las razones que hayan sido.
Expresó que la gente debe entender que la persona que se suicida tuvo sus propias razones, que para muchos se interpreta como cobardía y a otros les parece un acto de valor porque se requiere de mucha valentía para quitarse la vida.
También dijo que la doctrina de la Iglesia Católica cambió su postura sobre el suicidio a partir del Concilio Vaticano II, y aunque eso sucedió hace más de 50 años, la mayoría de las personas no lo sabe y siguen juzgando sin derecho a quienes toman esta decisión.
“Digo esto partiendo de que no podemos condenar a nadie y repito, solamente Dios sabe”.
EL DF, pionero en la materia con la Ley de Voluntad Anticipada
• La Voluntad Anticipada es en el Distrito Federal, la decisión personal de ser sometido o no a medios, tratamientos o procedimientos médicos que pretendan prolongar la vida cuando se encuentre en etapa terminal y por razones médicas, sea imposible mantenerla de manera natural, protegiendo en todo momento la dignidad de la persona.
¿Quién es un enfermo
en etapa terminal?
• Es aquel paciente con diagnóstico sustentado en datos objetivos (es decir, corroborado por medio de estudios de laboratorio e imagen), de una enfermedad incurable, progresiva y mortal a corto o mediano plazo, con escasa o nula respuesta a tratamiento específico disponible y pronóstico de vida limitado.
Espíritu de la ley
• Contribuir a que la persona pueda vivir con dignidad hasta el último día de su vida
Objetivo
• Evitar la Obstinación Terapéutica la cual se define como la adopción de métodos médicos desproporcionados o inútiles con el objeto de alargar la vida en situación de agonía.
• Proteger la dignidad de la persona en etapa terminal, proporcionando las mejores condiciones disponibles para que pueda tener una MUERTE DIGNA mediante el otorgamiento de Cuidados Paliativos durante toda esta fase de la vida.
¿Cómo se logra?
• Otorgando Cuidados Paliativos; Art. 3, Inciso XIII, Ley de Voluntad Anticipada
Cuidados Paliativos
• Los cuidados paliativos son los cuidados médicos que se deben otorgar a los pacientes en etapa terminal e incluyen: Control del dolor y de otros síntomas que pudieran presentarse debido a la enfermedad, además de proporcionar al paciente adecuadas condiciones de higiene, nutrición y comodidad.
Beneficios de la Ley de Voluntad
Anticipada para el Distrito Federal
• Respalda el derecho del paciente a decidir sobre los cuidados que recibirá en la última etapa de su vida.
• Permite que los familiares y el personal de salud se enfoquen en la mejor atención disponible para el paciente.
• Ayuda a disminuir costos de atención hospitalaria para el paciente y sus familiares.
• Ayuda a reducir el desgaste en familiares y cuidadores.
• Los familiares y cuidadores reciben información por parte del personal de salud para la correcta atención del paciente en casa.
• El paciente tiene la posibilidad de morir en el lugar que más convenga (hospital o casa) recibiendo la mejor atención disponible.
¿Cómo suscribirse a la Voluntad Anticipada?
• Existen dos vías de suscripción a la Ley de Voluntad Anticipada:
• 1.- Documento de Voluntad Anticipada
• 2. Formato de Voluntad Anticipada
Documento de Voluntad Anticipada
• Se otorga a toda persona mayor de 18 con capacidad de ejercicio y en pleno uso de sus facultades mentales, pudiendo tener o no una enfermedad terminal.
• Se otorga en Notarías del Distrito Federal y tiene un costo establecido por las mismas y manifiesta la petición libre consciente, seria, inequívoca y reiterada de ser sometida o no a medios, tratamientos o procedimientos médicos que propicien la obstinación terapéutica.
Formato de Voluntad Anticipada
• Se otorga en Hospitales Públicos y Privados del Distrito Federal a pacientes que padecen una enfermedad en etapa terminal. Es suscrito por el enfermo en etapa terminal o su representante (en caso de menores de edad y personas sin capacidad de decisión), ante el personal de salud correspondiente. Es totalmente gratuito.




