16 enero, 2026

16 enero, 2026

Aristegui: lo bueno y lo malo

Ser y deber ser

Es obligación del Estado Mexicano reconocer y proteger las libertades humanas, como lo son las de expresión, imprenta y prensa. También es relevante señalar que el periodismo crítico (fundado y motivado) es un pilar de todo estado democrático y de todo estado de derecho.

Por otra parte, también como periodistas o reporteros, se debe analizar y estudiar cada publicación que se hace, incluso cuando son meras opiniones, ya que la responsabilidad que conlleva esa función es importante para el desarrollo social, cada expresión debe ser sustentada en base a documentación o investigación respectiva, pues la libertad de expresión no es sólo un derecho, también es una responsabilidad.

El caso Aristegui ha dado mucho de qué hablar, no sólo en nuestro país, periodistas internacionales se han sumado a la causa, alegando que en nuestro México se reprime la libertad de expresión, ¿será verdad? Al menos diariamente leo notas y opiniones contra el Ejecutivo federal en diversos medios, por lo cual no comparto esa postura.

Carmen Aristegui es sin duda una muy buena periodista, y cuenta con un numeroso grupo de seguidores en el país, sin embargo, no se puede asegurar que todas sus opiniones son imparciales o se encuentran debidamente fundadas. Su calidad es indiscutible, su imparcialidad no tanto. Si su crítica fuera siempre fundada y además fuera hacia todos en general, no sólo sería muy buena, sería una excelente periodista.

Respecto al amparo presentado en contra de la empresa MVS (misma de la cual, al parecer, recibía un salario de más de millón de pesos mensuales), en un principio un Juez federal le otorgó una suspensión provisional (que no es una sentencia definitiva, sólo una medida cautelar), pero al impugnar MVS dicha resolución, un Tribunal Colegiado (superior al primero) revocó esa determinación, es decir, no consideró adecuada lo acordado por el Juez federal.

Al leer la resolución inicial, dictada por el Juez federal, a favor de Carmen Aristegui, me llamó la atención algo, establecía que como lo que realiza la susodicha es “periodismo crítico” y, por ende, debe protegerse mucho más que otro periodismo.

Aquí hay un tema innovador, ¿cómo determinó el Juez lo que es periodismo crítico? ¿en base a qué? ¿cuáles son los tipos de periodismo en el país? ¿el simple hecho de criticar únicamente al Ejecutivo federal te vuelve crítico? No tengo idea, toda vez que no existe ley ni jurisprudencia de la Corte en nuestro país que explique el significado de esto, además, en su resolución el Juez fundamentó con tesis internacionales que no son obligatorias al caso, pues México no era parte en ellas.

Estados Unidos de América, nuestros vecinos, cuentan con una política positiva a favor de la libertad de expresión y prensa, pero también cuentan con mecanismos rígidos en contra de quien publique cuestiones infundadas y sin investigación previa, acarreando los medios de comunicación multas multimillonarias (dólares) a quien “hable por hablar”. ¿En México es lo mismo?

Sin duda alguna debe de protegerse el derecho fundamental a la libertad de expresión y prensa, empero, ese derecho humano debe ejercerse con responsabilidad, como cualquier otro derecho básico, conlleva su responsabilidad, las personas que ejercer el periodismo deben ser conscientes de ello, pero no sólo ellos, nosotros como mexicanos debemos entenderlo también, ser congruentes con nuestro ideales, conforme mejor ciudadanos seamos, mejor sistema tendremos, no hay mejor crítica que la que se sustenta con el ejemplo.

RECOMENDACIÓN SEMANAL: Sócrates decía que quien obra mal lo hace por ignorancia, por falta de conocimiento de lo que es el bien; y que las falsas y negativas palabras no son malas por sí mismas, pero infectan con maldad el alma. Analicemos esto.

Twitter: @arnhuerta

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