EL MANTE, Tamaulipas.- La presidenta de la Junta Especial de Conciliación y Arbitraje en Mante reconoció que algunos patrones tradicionalmente recurrían al despido de trabajadores unos meses antes de que finalizara el año, para evitar el pago de prestaciones como el aguinaldo; sin embargo, la misma ley contempla el pago proporcional al tiempo que laboró el trabajador, por lo que consideró que esta y otras prestaciones obligatorias a cumplir por la parte patronal.
Ana Maria Sotelo Valadez dijo que el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo señala al aguinaldo como una de las prestaciones que deben cumplirse por parte del patrón, así tenga poco tiempo trabajando el empleado; se pagará proporcionalmente y no puede evadirse el cumplimiento.
«Los cierres de año presenta una serie de situaciones ya previstas por la ley, vemos desde la contratación eventual de personal, el pago de la prima de antigüedad del trabajador, hasta la finalización de la relación laboral, con el pago proporcional de aguinaldos, vacaciones y demás prestaciones contempladas en la misma ley».
Consideró la funcionaria, esta última práctica era recurrente por parte del sector patronal que planeaba evadir el pago de prestaciones como el aguinaldo, y despedía a su personal; finalmente, cuando llegaban a las instancias laborales se determinaba la cuantía del pago que por ley deben cubrir al despedir o aceptar la renuncia de un trabajador.