EL MANTE, Tamaulipas.- Al existir los elementos de una relación laboral, las trabajadoras domésticas tienen todos los derechos que otorga la Ley Federal del Trabajo con excepción del Seguro Social; pero a cambio el patrón esta obligado a entregar antes del 20 de diciembre el aguinaldo según el tiempo que lleve laborando.
El abogado en materia laboral Juan Suceda Piña ha reiterado que las empleadas domésticas ignoran muchos de sus derechos consagrados en la ley y, por lo tanto, no exigen el cumplimiento de los mismos, en este caso de una prestación como es el aguinaldo.
«Por desconocimiento de la ley, por cuestiones sentimentales y hasta por baja autoestima, empleadas domésticas evitan la exigencia de los derechos a sus patrones».
Destacó el abogado, ante la ley ellas son iguales a cualquier trabajador, con excepción del Seguro Social que, debido a las reformas a la Ley Laboral, ya no se les otorga; existen todos los elementos para exigir el reconocimiento de su condición como trabajadoras.
De acuerdo con lo que establece el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, el aguinaldo se debe entregar antes del 20 de diciembre, siendo este proporcional al tiempo laborado; si la empleada tiene trabajando más de un año corresponde como mínimo la entrega de 15 días, mientras que si es poco menos del año se presentará de manera proporcional al tiempo laborado.




