8 diciembre, 2025

8 diciembre, 2025

Líos y pérdidas en entrega-recepción

Cada vez que ocurre relevos sexenales se generan litigios millonarios, conflictos laborales y problemas con proveedores, advierte la Auditoría Superior de la Federación al revisar expedientes recientes

CIUDAD VICTORIA, Tamaulipas.- La Auditoría Superior de la Federación (ASF) reveló que los procesos de entrega-recepción acarrean litigios millonarios y procesos de cobranza en tribunales por deudas no pagadas que debe saldar la administración entrante.

De acuerdo con el órgano fiscalizador, un proceso de entrega-recepción se caracteriza por litigios en marcha y deudas de corto plazo mal documentadas que pueden devenir en pérdidas millonarias para las nuevas autoridades. 

En el cambio de administración pública, se generan juicios laborales, demandas de origen diverso y conflictos no resueltos con proveedores.

La ASF sostuvo que las administraciones entrantes pierden millones porque muchos litigios se quedan sin atender, mientras que otros inician en el proceso mismo de entrega-recepción por adeudos no pagados en tiempo o por contratos de servicios mal documentados. 

Para poder realizar la entrega-recepción del gobierno estatal, los organismos públicos como el Itavu, Servicios de Salud de Tamaulipas, entre otros, debe cerrar por completo su contabilidad al menos 30 días antes del cambio.

En el cierre, a veces se quedan capturados en las cuentas bancarias recursos que debieron haberse transferido para realizar pago de estimaciones en obras, y los retrasos pueden derivar en demandas en ambos sentidos, puesto que la nueva administración podría no saber dónde quedaron los fondos y el proveedor o contratista exigir el pago retrasado.

Conforme a la Ley de Entrega-Recepción deben entregarse los archivos en medios magnéticos o papel de la Estructura Orgánica, desde el más alto nivel jerárquico hasta el nivel de jefe de departamento; los archivos de todo el orden jurídico, leyes, decretos, acuerdos, oficios y los archivos del Periódico Oficial.

La transición actual del gobierno estatal y en menor grado en el Congreso y en los ayuntamientos, se realiza a mitad de un ejercicio presupuestal, lo que dificultará la situación, pues la entrega de participaciones federales y aportaciones correspondientes al Ramo 33, se seguirán recibiendo una vez cerrada la contabilidad. 

También el registro de todos los expedientes de recursos humanos, las nóminas, los listados de compensaciones, prestaciones y, “la plantilla actualizada del personal, con adscripción, nombre y categoría, señalándose si el trabajador es de base, sindical, extraordinario, eventual o se encuentra sujeto a contrato por tiempo fijo o por obra determinada y detalle de su percepción mensual, indicándose el sueldo base”, dice la Ley.

Los recursos materiales como mobiliario, equipo de oficina, artículos de decoración, publicaciones, libros, computadoras, impresoras, otro tipo de dispositivos, en todos los casos anteriores se debe especificar marca, modelo, serie, ubicación, especificaciones y el nombre del servidor público responsable de su uso y resguardo.

Igualmente en el caso de los vehículos de transporte y maquinaria se tienen que anotar todos los datos, pero frecuentemente no se anota el estado físico, y al cambio de gobierno algunos nuevos funcionarios reciben equipo que no funciona.

Se debe entregar también el armamento, los pertrechos y el equipo de radiocomunicación, los cuales no pueden dejar de funcionar, lo que hace complicada la recepción por parte del gobierno entrante.

En cuanto a la situación financiera, esta se debe acompañar con todos los estados financieros de la hacienda pública; cerrados al 30 de septiembre precisamente, incluidos los flujos de efectivo en los términos de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

“La relación de cheques pendientes de entregar que contenga: fecha, nombre de la institución bancaria, cuenta de cheques, número de cheque, importe de los cheques pendientes de entrega, nombre del beneficiario y concepto del gasto por el cual fue expedido el cheque”, cita el artículo 7 de la Ley de Entrega y Recepción.

La Ley no es muy clara al señalar quién es el culpable cuando una vez recibidos informes financieros, flujos de dinero, bienes, equipo, resulte que los inventarios aceptados tienen faltantes.

Facebook
Twitter
WhatsApp

DESTACADAS