CIUDAD VICTORIA, Tamaulipas.- Con 248 votos a favor, entre ellos 12 de los 15 integrantes de la bancada priista tamaulipeca, la Cámara de Diputados aprobó en lo general la polémica Ley de Seguridad Interior, que entre otras cosas permite la intervención directa de las fuerzas armadas en “zonas de conflicto”.
El dictamen ahora pasará al Senado para su análisis y votación.
La sesión se dio en medio de protestas de organizaciones ciudadanas y partidos de la oposición, quienes consideran que la iniciativa presentada por el Partido Revolucionario Institucional (PRI) abre la puerta a la militarización del país y las violaciones de derechos.
Al inicio de la discusión en el Pleno, el gobernador de Tamaulipas, Francisco García Cabeza de Vaca, instó desde su cuenta de twitter al grupo parlamentario del Partido Acción Nacional (PAN) a no oponerse a la iniciativa.
“La Ley de Seguridad Interior otorga certeza jurídica a nuestras Fuerzas Armadas en la materia, así como a los ciudadanos en sus Derechos Fundamentales. Le reitero a nuestros diputados (panistas) la relevancia de su aprobación”, publicó en su cuenta de Twitter.
A partir de 2010, elementos de las secretaría de Marina-Armada de México (Semar) y de la Defensa Nacional (Sedena) han trabajado en tareas de seguridad pública en Tamaulipas. Durante el sexenio pasado, el exmandatario Egidio Torre Cantú firmó convenios con las dependencias para otorgar incentivos económicos a los soldados y marinos.
De acuerdo con declaraciones de cámaras empresariales y sociedad civil organizada, la presencia de las tropas en territorio tamaulipeco es necesaria para afianzar la llegada de inversiones y el mantenimiento de la economía, sin embargo éstos no cuentan con el marco jurídico para llevar a cabo sus tareas.
La ley fue presentada en el Pleno por la diputada Mercedes del Carmen Guillén, presidenta de la Comisión de Gobernación de San Lázaro.
La calificó como la “respuesta idónea a los nuevos y complejos escenarios de seguridad por los que atraviesa la nación, que ponen en riesgo a las personas y a las instituciones que conforman el Estado mexicano”.
“Esta ley no militariza al país ya que no tolera la violación de los derechos humanos ni sus garantías”, expresó.
Sin embargo, luego de su participación, se inició un largo debate en el que diputados de diversos partidos cuestionaron que la ley pondría al país en manos de militares.
El dictamen permite que las fuerzas armadas participen en tareas de combate al crimen organizado cuando las autoridades civiles sean rebasadas.
Establece además que el Presidente podrá, por decisión propia o a petición de los Congresos locales o de los Gobernadores, ordenar la actuación de las fuerzas armadas en un territorio y tiempo determinados, a través de una Declaratoria de Protección a la Seguridad Interior.
Organizaciones de la sociedad civil crearon un frente contra la Ley de Seguridad Interior, y la cual el presidente Enrique Peña Nieto consideró como una “imperiosa necesidad”.
La parte que más les preocupa expone que “las Fuerzas Federales y las Fuerzas Armadas desarrollarán actividades de inteligencia en materia de Seguridad Interior en los ámbitos de sus respectivas competencias. Al realizar tareas de inteligencia, las autoridades facultadas por esta Ley podrán hacer uso de cualquier método lícito de recolección de información. Toda obtención de información de inteligencia se realizará con pleno respeto a los derechos humanos reconocidos por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”.
Aseguran que “la vaguedad y amplitud en la redacción de la Ley de Seguridad Interior abre la puerta para que las Fuerzas Armadas lleven a cabo medidas como la intervención de comunicaciones y la recolección de información privada de cualquier individuo a través de cualquier método, sin que existan límites claros ni se establezcan de manera explícita controles democráticos o mecanismos de rendición de cuentas”, concluye el frente.
A detalle
Así se podrá declarar una amenaza a la seguridad interior:
-El Presidente de la República podrá decretar una Declaratoria de Protección a la Seguridad Interior, por sí o a petición de Congresos o Gobernadores, la intervención de las Fuerzas Armadas en un territorio o zona geográfica específica, cuando se presente una Amenaza a la Seguridad Interior.
-Se auxiliará del Consejo de Seguridad Nacional para determinar la procedencia de la Declaratoria, y expedirá dentro de las 72 horas siguientes, contadas a partir de recibir la solicitud, la Declaratoria.
-Deberá notificarse por conducto de la Secretaría de Gobernación a la Comisión Bicamaral de Seguridad Nacional y a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, así como publicarse en el Diario Oficial de la Federación.
-Cuando presenten una solicitud, los Congresos o Gobernadores deberán contener las consideraciones que las motivan, así como una descripción detallada de los hechos o situaciones que constituyan una Amenaza a la Seguridad Interior.
-El Presidente de la República designará a un Comandante de las Fuerzas Armadas participantes, quien dirigirá los grupos interinstitucionales.
-La institución o autoridad coordinadora constituirá un grupo interinstitucional, a efecto de coordinar la realización de las Acciones de Seguridad Interior.
Así actuarán las fuerzas armadas:
Cuando realicen Acciones de Seguridad Interior y se percaten de la comisión de un delito, lo harán del inmediato del conocimiento del Ministerio Público o de la policía por el medio más expedito para que intervengan en el ámbito de sus atribuciones. Las Fuerzas Armadas se limitarán a preservar el lugar de los hechos hasta el arribo de dichas autoridades y, en su caso, a adoptar las medidas a su alcance para que se brinde atención médica de urgencia a los heridos si los hubiere, así como poner a disposición de la autoridad correspondiente a los detenidos, por conducto o en coordinación con la policía.
Recolección de Información
Se faculta a las fuerzas federales, durante la Declaratoria, para realizar tareas de inteligencia, mediante “cualquier método lícito de recolección de información”.
Temporalidad
Fija que la Declaratoria de Protección a la Seguridad Interior no podrá exceder de un año. El Presidente de la República podrá ordenar una prórroga mientras subsista la amenaza a la Seguridad Interior.
ASÍ VOTARON
A favor
PRI
Yahleel Abdala
Edgardo Melhem
Alejandro Guevara Cobos
Baltazar Hinojosa
Mercedes del Carmen Guillén Vicente
Montserrat Arcos
María Esther Camargo Félix
Rafael Méndez Salas
Pedro Luis Coronado Ayarzagoitia
Miguel Ángel González Salum
PAN
César Rendón
Elba Valles
En contra
PES
Abdies Pineda
No asistieron
MC
Gustavo Cárdenas Gutiérrez
PRI
Esdras Romero Vega




